José Chlimper y Rafal Rey fueron designados directores del BCR a fines del 2016. (Foto: GEC)
José Chlimper y Rafal Rey fueron designados directores del BCR a fines del 2016. (Foto: GEC)

La Comisión de Economía del Congreso decidió abstenerse de emitir opinión en relación con las mociones presentadas con miras a remover a dos directores del Banco Central de Reserva del Perú (BCR), José Chlimper y Rafael Rey.

Esta decisión fue tomada por nueve votos a favor, dos en contra y tres abstenciones, al resolver que se trata de un “tema de carácter netamente constitucional”, tras escuchar la opinión técnica de los constitucionalistas César Landa y Aníbal Quiroga, que fueron invitados a la sesión de este miércoles.

Durante su exposición, el autor de una de las mociones, Daniel Urresti, sostuvo que ambos directores deben ser destituidos debido a la falta de los principios de probidad y de veracidad, que constan en el Código de Ética de la Función Pública, al incurrir en proselitismo político.

“Rafael Rey Rey conduce un programa de televisión a través de un canal privado en el que mantiene una constante actividad de proselitismo político, que colisiona con su condición de director del BCR y genera conflictos con el principio de neutralidad política”, expresó.

Entre los argumentos de Urresti también se encuentran que Rey “carecer de experiencia en economía y finanzas, hecho que él mismo confirmó cuando asumió el cargo” y que Chlimper “no cumple con la exigencia de tener reconocida solvencia moral”, por estar incluido en un proceso de investigación seguido por el Ministerio Público.

Por su parte, el constitucionalista Quiroga sostuvo que los directores del BCR solo pueden removidos por la probada comisión de “falta grave”, mas no por supuestos incumplimientos de los criterios de idoneidad para su elección.

“Se están confundiendo los requisitos para ser director con los requisitos para ser removidos como directores. Ese tema (los criterios para su elección) ya está visto, ya fue zanjado y fue aprobado por el Congreso. Se les podría remover si luego de su designación han incurrido en una falta grave, de acuerdo con lo que dice la ley, que amerite su remoción”, manifestó.

A diferencia de dicha posición, el expresidente del Tribunal Constitucional César Landa sostuvo que sí existe la posibilidad de remover a directores del BCR, al margen de que se demuestre la comisión de una falta grave.

“En el derecho, las cosas se deshacen como se hacen. Y si el Congreso, en el uso de sus facultades, nombra a magistrados, a directores, a altos funcionarios, también puede llevar a cabo un proceso que separe o destituya, en determinadas circunstancias, a estas autoridades (...)”, expresó.

En el caso específico del BCR, indicó, es el Congreso el que toma la decisión de designar a los directores de acuerdo con criterios de solvencia moral y experiencia en materia económica y financiera. Asimismo, sostuvo que al tomar una decisión de esta naturaleza, el Congreso debe cuidar que no se trate de una decisión arbitraria, sino que exista una “finalidad objetiva”.

“Esa decisión debe tomarse sobre un principio de legalidad y en este caso se ha mencionado la Ley de ética de los funcionarios públicos, que no es ajena a los funcionarios del BCR”, comentó.

El Congreso que asumió sus funciones en el 2016, y que fue disuelto en setiembre pasado, eligió en octubre de aquel año a José Chlimper, Rafael Rey y Elmer Cuba como directores del BCR, en una votación que generó enfrentamientos entre bancadas.

Entre las críticas se señalaba que Chlimper, cuya candidatura al BCR fue impulsada por Fuerza Popular, estaba involucrado en una investigación por la manipulación de audios, que fue archivada en el 2016. Sin embargo, en la actualidad la Fiscalía investiga a este funcionario por lavado de activos, falsa declaración en procedimiento administrativo y fraude procesal, debido a una investigación por presuntos aportes ilegales a Fuerza Popular.

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