La lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, afronta un proceso judicial en el marco del caso 'Cocteles'. (Foto: Archivo GEC)
La lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, afronta un proceso judicial en el marco del caso 'Cocteles'. (Foto: Archivo GEC)
Redacción Gestión

El caso , que involucra a la lideresa de Fuerza Popular, , sufrió un duro revés.

El 10.° Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional declaró nulo, de oficio, las disposiciones fiscales, el requerimiento acusatorio y el auto de enjuiciamiento solo en el extremo referido al delito de obstrucción a la justicia.

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De esta manera, el juez Wilson Verástegui Gálvez resolvió retraer el proceso, solo por este delito, a la fase de investigación preliminar contra Fujimori, , Giulliana Loza, Pier Figari, Vicente Silva Checa, Jaime Yoshiyama, José Chlimper, entre otros investigados.

“El juez del citado órgano jurisdiccional precisa que con esta decisión subsisten las imputaciones que los investigados puedan tener por otros delitos en este caso”, informó el Poder Judicial en sus redes sociales.

Con esta resolución, el magistrado dio cumplimiento a la decisión de la instancia superior, que ordenó anular el proceso judicial, en consonancia con una sentencia emitida por el .

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LOS ARGUMENTOS DEL JUEZ

En una sentencia emitida por el TC, se determinó que el fiscal del Equipo Especial Lava Jato, , no había cumplido una labor objetiva al no haberse apartado de la investigación preliminar seguida contra Oré Guardia, a quien luego acusó de obstruir su labor fiscal.

Ante esta situación, el organismo constitucional declaró nula la disposición del , que declaró infunda la solicitud de exclusión de José Domingo Pérez y nulos todos los actos fiscales subsiguientes.

“La etapa de formalización de investigación preparatoria tiene como origen un acto fiscal viciado, del mismo modo la etapa intermedia, pues, también tiene como punto inicial la conclusión de la investigación preparatoria y finalmente el requerimiento acusatorio contra el señor Oré Guardia por el delito de obstrucción de la justicia, todos ellos expedidos por el fiscal José Domingo Pérez Gómez”, indicó Verástegui Gálvez en su resolución, a la que accedió el diario El Comercio.

El magistrado consideró que las decisiones emitidas por Pérez no solo afectaron al abogado, sino a todos los que fueron incluidos por el presunto delito de obstrucción a la justicia

Por tanto, correspondía también aplicar la nulidad dispuesta por el TC para Oré Guardia y sus coimputados, procesado por dicho delito.

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