Corte Suprema se pronuncia sobre caso de la Municipalidad de Ilabaya.
Corte Suprema se pronuncia sobre caso de la Municipalidad de Ilabaya.

Un grupo de trabajadores de la Municipalidad de Ilabaya, Tacna, deberá pagar un total de S/2,146,722.15 al Estado peruano por concepto de daños y perjuicios sufridos por el Gobierno, según lo dispuesto en la reciente Casación Laboral 5536-2021 Tacna emitida por la .

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¿Qué ocurrió?

La Corte Suprema señaló en la sentencia casatoria que el alcalde, el gerente de operaciones y el jefe de personal de la municipalidad, entre otros, se habrían hecho de beneficios derivados de un número de convenios colectivos celebrados entre el Sindicato de Trabajadores Municipales de Tacna y la Municipalidad de Ilabaya.

Los convenios, aprobados entre los años 2007 y 2010, otorgaban nuevos beneficios en favor de los trabajadores de la municipalidad por el concepto de costo de vida, una bonificación por escolaridad, aguinaldos por Fiestas Patrias, por el aniversario de Tacna, por el día del trabajador municipal, por Navidad y por vacaciones.

Estos convenios, cabe recalcar, fueron aprobados por el mismo alcalde, quien, al hacerlo, indicó que los beneficios contenidos en los mismos también se extenderían a los demás funcionarios de la municipalidad, aún si no formaban parte del sindicato y si formaban parte del personal de dirección y confianza del ente.

Al respecto, la Corte Suprema señala que las personas que ostentan estos puestos de trabajo “están prohibidos, por mandato legal, de percibir beneficios a través de dicho mecanismo”, por lo que adjudicarse beneficios relativos a los trabajadores municipales sindicalizados sería ilegal y le ocasionaría un perjuicio económico a la Entidad y al Estado, por lo que ahora deben devolver el monto del que se apropiaron.

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Opinión

, asociado del estudio Payet, recalca que “esta sentencia nos recuerda que los errores, los actos negligentes o la mala praxis de los trabajadores, tienen repercusiones, tanto disciplinarias como civiles y los empleadores pueden ejercer acciones dirigidas a obtener un resarcimiento en el ámbito judicial”.

Cuando un trabajador o grupo de trabajadores causa un daño, ya sea intencionalmente o por negligencia, el acto de resarcir esos daños refuerza la cultura de responsabilidad dentro de la organización. Envía un mensaje claro a todos los stakeholders de que la organización no tolera actos imprudentes o irresponsables y que está comprometida en corregir los errores y garantizar que no se repitan en el futuro”, agrega Munayco.

SOBRE EL AUTOR

Abogado periodista. Estudió Derecho en la Universidad de Lima. Actualmente se desempeña como redactor del área de Economía del Diario Gestión.

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