Mano dura contra los extranjeros expulsados del Perú. El Poder Ejecutivo envió al Congreso un proyecto de ley que establece la pena de cárcel para los foráneos que, tras cometer un delito o recibir una sanción administrativa, reingresen a nuestro país.
El texto modifica algunos artículos del Código Penal y fija entre seis y diez años de prisión efectiva para los extranjeros que hayan sido expulsados del Perú.
Cabe añadir que la medida — aprobada hace unos días en el Consejo de Ministros — sanciona con severidad a los extranjeros que retornan al país por las fronteras pese a que no son consideradas personas gratas por los delitos o faltas que hayan cometido.
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“Hemos visto casos, incluso, que un extranjero, de manera ilegal, puede entrar hasta en dos, tres, cuatro o cinco oportunidades y se burla de la autoridad administrativa, se burla de la Policía, y en su mayoría, muchos de ellos son atrapados en situaciones de actos criminales”, comentó el ministro de Justicia, Eduardo Arana.
Anteriormente se aplicaba solo una pena de dos a cuatro años de prisión, por lo cual, el régimen de Dina Boluarte apunta a elevar las condenas para mejorar el orden migratorio y garantizar seguridad ciudadana.
Asimismo, en el caso de tráfico ilícito de migrantes, se sancionará con no menos de ocho años ni más de 12 años de cárcel para aquellos que promuevan, favorezcan, financien o faciliten el ingreso o retorno ilegal de otras personas al terreno peruano.
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Además, se impondrá cárcel de 10 a 14 años cuando el tráfico ilícito de migrantes provenga del abuso de la función pública, y también para cuando el implicado es promotor de una organización social, tutelar o empresarial. Se añade esta pena para cuando haya pluralidad de víctimas y los afectados tengan 14 años o menos de 18 años.
En caso el delito sea cometido por más de dos personas o sea un cónyuge, conviviente, adoptante, tutor, curador, pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad también se impondrá cárcel de 10 a 14 años.
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