La Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología aprobó por mayoría el predictamen que propone incentivar la participación de la empresa privada en la conservación de la biodiversidad.
La presidenta de dicha comisión, legisladora Ruth Luque Ibarra (Cambio Democrático – Juntos por el Perú) explicó que el objetivo es promover la inversión privada en la conservación de la biodiversidad, los bosques en la Amazonía, las áreas naturales protegidas y la infraestructura natural.
Asimismo, agregó, que se busca la prevención y reducción de la degradación ambiental y la restauración, rehabilitación y recuperación de las áreas degradadas, en concordancia con los objetivos prioritarios de la Política Nacional del Ambiente.
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Para tal fin se contempla la modificación del artículo 2 de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado mediante el mecanismo de obra por impuestos.
De acuerdo con el Proyecto de ley 02404/2021-CR, iniciativa del legislador Arturo Alegría García (Fuerza Popular), las empresas privadas que suscriban convenios de inversión, conforme a lo establecido en la presente iniciativa podrán financiar, ejecutar y/o proponer proyectos de inversión, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y otros, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.
Los proyectos de inversión también pueden comprender acciones basadas en la conservación de la biodiversidad, los bosques en la Amazonía, las áreas naturales protegidas y la infraestructura natural, en concordancia con los objetivos prioritarios de la Política Nacional del Ambiente.
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Se plantea también que La Contraloría General de la República será la encargada de ejercer el control correspondiente en el proceso de selección de la empresa; en las etapas del financiamiento y ejecución del proyecto de inversión; y, de manera posterior a la conclusión de dicho financiamiento y ejecución.
Las entidades públicas involucradas deben proveer a la Contraloría la información requerida, en el modo y plazo establecidos para tal efecto, bajo responsabilidad.