Sin embargo, ninguno de estos recursos ha tenido éxito hasta ahora, por lo que el exmandatario evalúa recurrir a instancias internacionales para lograr su liberación.
En medio de este panorama, el congresista de Perú Bicentenario y expremier de Castillo, Guido Bellido, anunció esta semana que prepara un proyecto de ley que buscará la amnistía del exmandatario por estos hechos.
LEA TAMBIÉN: Presidente del TC: Betssy Chávez debe agotar una serie de condiciones para recurrir al hábeas corpus
En diálogo con RPP, explicó que la iniciativa en mención solo se centrará en extinguir la responsabilidad que tendría Castillo por el golpe de Estado, mas no abarcará los delitos de organización criminal y otros por los cuáles es investigado en la Fiscalía de la Nación.
“En este caso, la amnistía iría sobre los delitos de rebelión y sedición, mas no sobre otros temas que se estén tratando en el fuero judicial, tanto en el Ministerio Público y el Poder Judicial”, señaló.
Al cierre de la edición, el legislador no presentaba su iniciativa; sin embargo, desde ya recibió las críticas de algunos legisladores y de expertos constitucionalistas.
LEA TAMBIÉN: Pedro Castillo: PJ rechazó recurso para que se anule investigación por rebelión
¿Qué es la amnistía, a quiénes beneficiaría y cuál es el procedimiento para su presentación?
De acuerdo al artículo 102, numeral 6, de la Constitución, una de las atribuciones del Congreso es “ejercer el derecho de amnistía”.
El Código Penal, en su artículo 89, estipula que “la amnistía elimina legalmente el hecho punible a que se refiere e implica el perpetuo silencio respecto a él”.
“La institución de la amnistía plantea la opción legislativa de establecer un marco de olvido sobre algunos hechos tipificados como ilícitos, o consideraciones políticas o sociales. La amnistía es para procesados, no para condenados. Es un manto de olvido”, explicó a Gestión el expresidente del Tribunal Constitucional (TC), Víctor García Toma.
LEA TAMBIÉN: Dina Boluarte sobre golpe de Estado de Pedro Castillo: “Fue un zarpazo planificado”
El constitucionalista añadió que para presentar este tipo de recursos se debe seguir el mismo procedimiento que para presentar un proyecto de ley en el Parlamento. Es decir, la iniciativa debe ser, en primer lugar, aprobado a nivel de comisiones (Comisión de Justicia o de Constitución) para luego pasar a ser analizado en el Pleno.
Ya en el Pleno se requiere de 66 votos para su aprobación. En caso sea aprobado, pasará al Ejecutivo para su promulgación.
Por su parte, el abogado penalista y docente de la Universidad de Lima, Carlos Caro, explicó a este diario que, en este momento, no cabría la presentación de una acción de inconstitucionalidad porque la propuesta aún no es una ley promulgada.
“Lo que sí cabría, eventualmente, es un amparo contra el proyecto de ley, porque está en proceso de aprobación y discusión. La acción de amparo procede solo con la existencia de un riesgo. Acá se tendría que alegar cuáles son los derechos constitucionales afectados. Eso sería toda una discusión”, acotó.
Pese a que en la ley no se han establecido límites para la presentación de una amnistía, el penalista recordó que en la práctica jurisprudencial y en la doctrina se han impuesto algunos topes o indicaciones.
LEA TAMBIÉN: Pedro Castillo: Fiscalía encontró en Palacio de Gobierno el decreto que disolvía el Congreso
“Por ejemplo, está claro que la amnistía no cabe para delitos contra los derechos humanos. Hay que acordarnos de los casos de (Alberto) Fujimori y (Vladimiro) Montesinos en los años 90, cuando salió la ley de amnistía militar para perdonar a todos los militares procesados. Esta ley fue declarada inconstitucional y todos sus efectos. Incluso fue hasta la CIDH, porque fue un medio para buscar impunidad”, apuntó.
Caro también señaló que esta propuesta beneficiaría a todas las personas que habrían cometido el ilícito o hubieran estado involucrados en el hecho que se quiere olvidar.
Como se recuerda, Castillo es investigado por la Fiscalía por los presuntos delitos de rebelión y conspiración en agravio del Estado. En la pesquisa también están involucrados la expremier Bettsy Chávez y los exministros Willy Huerta (Interior) y Roberto Sánchez (Comercio Exterior).
“La amnistía es la eliminación del hecho y este desparece, como si nunca hubiera existido. Por esa razón, en caso se llegue a aprobar esa propuesta, todos los investigados e involucrados por este tema se salvarían”, agregó Caro.
LEA TAMBIÉN: Bermejo y su asesor habrían repartido celulares para coordinar protestas contra Boluarte
¿Es viable la propuesta para amnistiar a Castillo?
Para García Toma, el proyecto que prepara Bellido es completamente inviable debido a que, en la práctica, “es una ley con nombre propio”, algo que está legalmente prohibido.
“La amnistía no puede estar reñida con la lucha contra la impunidad. En consecuencia, estamos hablando de un delito muy particular (Golpe de Estado). En el caso de Castillo, se trata de alguien que ejerce el poder y se vale de él para destruir el sistema político. No estamos hablando aquí de alguien que lleva a cabo una acción desde la sociedad civil para cambiar el curso del gobierno, sino de alguien que, habiendo sido elegido por el pueblo para que gobierne en concordancia con la Constitución, lo que hace es afectarla y envilecerla”, manifestó.
El constitucionalista recordó que, en el pasado, en el Perú se dio amnistía a presos políticos, personas que lucharon por reivindicaciones sociales o que se levantaron contra gobiernos dictatoriales, algo que, en el caso de Castillo, no aplica.
LEA TAMBIÉN: Pedro Castillo: Procuraduría pide más de S/67 millones de reparación civil por golpe de Estado
Caro coincidió con García Toma al señalar que la propuesta es inviable. Recordó que desde los años 90 existe una doctrina consolidada que determinó que las decisiones legislativas y del Ejecutivo no pueden convertirse en mecanismo de impunidad.
“Entonces, desde este punto de vista y dado que estamos hablando de un golpe de estado, evidentemente una ley de esa naturaleza sería una interferencia clarísima de parte del Congreso en las facultades jurisdiccionales que tiene el Poder Judicial”, remarcó.
¿Qué antecedentes existen de amnistía en el Perú?
En la historia del Perú se han dado amnistías a diversas personalidades, entre políticos y luchadores sociales.
Por ejemplo, en el gobierno de Óscar Benavides, en el año 1933, se redactó una ley para amnistiar a todas las personas, sobre todo, a los militantes apristas, que afrontaban un juicio político iniciado durante la gestión de Luis Sánchez Cerro.
También se dispuso el retorno de todas las personas y políticos que fueron deportados, tal es el caso de Víctor Raúl Haya de la Torre, fundador de dicho partido.
Otro caso que quedó marcado en historia ocurrió en el año 1995. El Congreso de ese año aprobó una ley para amnistiar a todos los militares y policías que se encontraban presos o procesados por crímenes contra civiles en la lucha contra el terrorismo en el país.
LEA TAMBIÉN: Relator de la ONU visitó a Pedro Castillo en la cárcel y sostuvo que está en buenas condiciones
Cinco años después, la norma fue derogada ante el reclamo de las organizaciones de derechos humanos y algunas agrupaciones de izquierda. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) determinó que la amnistía no tenía efectos jurídicos al ser incompatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
“También se dio amnistía a las personas que organizaron y participaron en la marcha de los 4 suyos (2000), quienes estaban siendo procesadas por esos hechos, entre otros casos más”, recordó García Toma.
Sin embargo, quizá el caso más conocido involucra al expresidente Ollanta Humala. En el año 2000, el Parlamento amnistió al entonces teniente coronel del Ejecito, a su hermano Antauro y a las demás personas que participaron en el “Levantamiento de Locumba (Tacna)” contra el tercer gobierno consecutivo de Fujimori.
Por estos hechos, el exlíder del Partido Nacionalista estuvo preso por varios meses; sin embargo, tras ser amnistiado por el Congreso salió de la cárcel y continuó con su carrera militar. Años después se involucró en política, llegó a ser presidente y nuevamente regresó temporalmente a prisión por una investigación por presunto lavado de activos.
Precisamente, Bellido dijo que tomará como ejemplo el caso de Humala para pedir la amnistía de Castillo.
“Mi despacho ha decidido plantear una amnistía en favor de Pedro Castillo, porque también tenemos antecedentes cuando Ollanta Humala se levantó conjuntamente con un número de personal militar. Se aplicó también el mismo criterio y el Congreso los amnistió (…) en todo caso, por ser un tema de interés nacional y tener un sentimiento de un sector muy importante de la población, sería un tema de tratar y debatir a la luz de todos los hechos que se pueden presentar”, indicó en entrevista con el diario La República.
LEA TAMBIÉN: Ayala denunciará penalmente a Boluarte por “conspirar con el Congreso” para vacar a Castillo
Al respecto, García Toma recalcó que el caso de Humala no se puede comparar con el de Castillo, por lo que no puede ser usado como un antecedente para justificar la propuesta.
“Esa comparación no calza porque (Ollanta) Humala es alguien que se rebeló contra una dictadura para restituir supuestamente el orden constitucional y para defender los derechos fundamentales de las personas. En el caso de Castillo sucede todo lo contrario. Es alguien que ha llegado al poder, a través de una elección, y su responsabilidad y obligación era gobernar dentro del marco de la Constitución, algo que no hizo”, sostuvo.
En la misma línea, Caro recordó que cuando se otorgó la amnistía a Humala la doctrina y jurisprudencia frente al tema no estaba tan desarrollada.
“Estamos hablando de una práctica congresal de hace 20 años, pero ya el tema ha evolucionado. Hay bastante jurisprudencia o doctrina sobre el tema, ya sea a nivel local e internacional. Como antecedente, no tendría ningún efecto o influencia en el caso de Castillo”, finalizó.
LEA TAMBIÉN: Isabel Cortez ahora señala que Pedro Castillo es el culpable de protestas tras golpe de Estado