
El Tribunal Constitucional admitió a trámite la demanda presentada por la Defensoría del Pueblo contra la ley de amnistía para militares y policías procesados por delitos cometidos en su lucha contra el terrorismo, entre 1980 y 2000.
Según el TC, la demanda remitida tiene los requisitos exigidos por los artículos 97 y siguientes del Nuevo Código Procesal Constitucional.
“Corresponde emplazar al Congreso de la República para que se apersone al proceso y conteste la demanda en el plazo de 30 días útiles siguientes a la notificación de la presente resolución”, alegaron.
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Esta demanda de la Defensoría fue presentada contra José Jerí —en su condición de presidente del Congreso— y contra el procurador Manuel Peña.
Se indicó que hay una incongruencia entre la amnistía a personas condenadas por delitos derivados de la lucha contra el terrorismo y el tenor de la ley: conceder el perdón a miembros de las Fuerzas Armadas, PNP y funcionarios que se encuentren sin sentencia firme por casos vinculados a este causa.
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No se justifica la denominada “amnistía humanitaria” en favor de personas mayores condenadas por los delitos derivados o generados por su lucha contra la subversión —razón por la que fue aprobada en el Congreso—.