El coordinador del Subsistema Nacional de Extinción de Dominio, juez supremo Manuel Luján Túpez, reveló que desde el año 2019 hasta marzo de este año, el Poder Judicial recuperó para el Estado peruano US$ 93.5 millones en dinero y bienes obtenidos de actividades ilícitas por las organizaciones criminales.
“Es un monto muy representativo en bienes y valor, ha pasado al Estado para que lo destine a obras de bien social, construcción de caminos y puentes, escuelas y hospitales”, refirió.
Señaló que el Perú es considerado como un referente internacional de cómo debe aplicarse el proceso de extinción de dominio (denominado en otros países “decomiso sin condena”). “Es un logro incalculable”, indicó.
Luján Túpez refirió que el modelo de extinción de dominio existe en todo el mundo. “En América Latina se llama extinción de dominio, en otros países se denomina ‘decomiso sin condena’”, indicó.
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“Un juez de extinción de dominio lo que hace es evaluar el artículo 70 de la Constitución, que dice que la propiedad es inviolable, el Estado la garantiza, se ejerce en armonía con el bien común y dentro de los límites de la ley; (los jueces) nos encargamos de determinar si los bienes han sido adquiridos, o se tienen, dentro de la ley o en armonía con el bien común”, aseveró.
Precisó que para que los bienes sean extinguidos (decomisados) no basta que sean ilegales, sino que, además, generen ganancias ilícitas o estén vinculados al crimen organizado.
El magistrado indicó que el Perú se ha insertado en la comunidad internacional cumpliendo el mandato de tres convenios internacionales que obligan a adoptar el modelo de extinción de dominio: el Convenio de Viena de 1988, el Convenio de Palermo del año 2000 y el Convenio de Mérida de 2003.
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“El segundo logro es que tenemos un sistema oral, muy ágil, este proceso en promedio demora un año hasta que se obtiene la sentencia final. Al ser un proceso oral es muy célere. Este logro ha convertido el modelo de Perú en un referente mundial”, añadió.
Agregó que otro logro alcanzado es el nivel de eficiencia en cantidad de sentencias. Solo considerando a países de América Latina que tienen el modelo oral de extinción de dominio el Perú está en primer lugar con 1089, sigue Guatemala con 825, y el tercer lugar El Salvador con 478 sentencias.
Sin embargo, sostuvo que el máximo logro obtenido por la justicia peruana en extinción de dominio es la eficiencia, no solo en cantidad sino en calidad de las sentencias, medida a través de un sistema creado por la Real Sociedad Estadística de Oxford (Gran Bretaña).
“El Perú tiene solo 5,55 % de sentencias revocadas, es decir que han sido modificadas su inicial extinción; esto nos califica dentro de un estándar ‘sobresaliente’, porque significa que estamos realizando un trabajo muy eficiente todos los actores del Sistema”, acotó.
Por otro lado, Luján Túpez informó que nuestro país forma parte del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), una de cuyas obligaciones establece que los Estados tengan un modelo eficiente de extinción de dominio o “decomiso sin condena”.
Añadió que, en octubre del 2023, el GAFI se reunió en París (Francia), y estableció un estándar internacional en materia de extinción de dominio o ‘decomiso sin condena’ que obliga a los países miembros adoptar un modelo tal como rige en República de Irlanda, Luxemburgo, Bélgica, Finlandia, Singapur y Perú. “Es decir, nuestro país es un referente mundial”, expresó.
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