
El Poder Ejecutivo oficializó hoy, por el término de 60 días calendario, la declaratoria de emergencia en las provincias de Trujillo y Virú, en el departamento de La Libertad, con la finalidad de hacer frente a la criminalidad.
Dicha medida se oficializa a través del Decreto Supremo N° 130-2025-PCM, publicado en el boletín extraordinario de Normas Legales del Diario El Peruano.
Por otro lado, por medio del Decreto Supremo N° 131-2025-PCM, se declara por el término de 60 días calendario, el estado de emergencia en las provincias de Tumbes y Zarumilla del departamento de Tumbes, para hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia.
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En ambos casos se establece que, durante el referido periodo, la Policía Nacional mantiene el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas y determina las zonas de intervención sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos.
Asimismo, se precisa que durante el estado de emergencia se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artículo 137 de la Constitución Política, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad del domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.
Para la realización de las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, se debe solicitar el permiso correspondiente ante las autoridades competentes para su evaluación de acuerdo con el artículo 4 del Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones. Las actividades que no tengan carácter masivo podrán realizarse sin necesidad de permiso previo.
Respecto a la intervención de la PNP y de las FF.AA. se efectúa conforme a lo dispuesto al Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional, modificado por la Ley que modifica el Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional, para precisar el uso de armas letales y no letales e incorporar el uso de armas de fuego en caso de flagrante delito.








