
Los peruanos que hayan aportado al Sistema Nacional de Pensiones (Régimen 19990) y actualmente residen en el extranjero ya no necesitan retornar al país para solicitar y cobrar su pensión.
A través de los convenios de seguridad social que el Perú mantiene con naciones como Argentina, Canadá, Chile, Corea, Ecuador, Uruguay, España y otros miembros del Convenio Multilateral Iberoamericano, los trámites se pueden realizar de manera remota.
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La Oficina de Normalización Previsional (ONP) precisa que este beneficio alcanza tanto a los afiliados peruanos que trabajaron en alguno de los países del convenio como a los extranjeros que aportaron en el Perú. También están comprendidos los pensionistas y los beneficiarios, es decir, los familiares directos que reciben pensión de viudez, orfandad o ascendencia.
¿Cuáles son las ventajas?
- Puedes acreditar tus aportes desde el país donde resides.
- Se suman los años de aportes realizados en ambos países para cumplir con los requisitos.
- Puedes acceder a una pensión desde los 10 años de aportes.
- Tu pensión también protege a tu familia: cónyuge, hijos menores, personas con discapacidad o estudiantes.

¿Cómo iniciar tu solicitud desde el extranjero?
El trámite puede iniciarse a través de una videollamada ingresando a: Centro de Atención Virtual.
1. Lee las recomendaciones y haz clic en “Ingresar”.
2. Selecciona e ingresa tu tipo y número de documento junto con tu clave virtual.
3. Presiona el botón “Iniciar videollamada” para conectarte con un asesor que recibirá tu solicitud de pensión en tiempo real.
El horario de atención por videollamada es lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:00 p. m. (hora peruana).
Para más información: Solicitar pensión por convenios internacionales
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¿Aún tienes dudas?
Para mayor orientación pueden comunicarse con el canal ONP Te escucha al (01) 634 2222, opción 1, a nivel nacional, de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:30 p. m. (hora peruana).