El Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de las oficinas consulares del Perú en el exterior, también podrá entregar pasaportes electrónicos ordinarios con una vigencia de 10 años a los ciudadanos peruanos que lo soliciten.
Se trata de la Ley Nº 32205, publicada esta mañana en el boletín de Normas Legales del diario oficial.
Según la norma, los pasaportes con vigencia de 10 años son entregados por la Superintendencia Nacional de Migraciones en territorio nacional y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de las oficinas consulares del Perú en el exterior, a los ciudadanos que los soliciten al término de la expedición de los pasaportes que tienen una vigencia de 5 años.
LEA TAMBIÉN: Congreso aprueba nuevos requisitos para residencia indefinida de extranjeros
Con esta reforma, se buscará optimizar el proceso de entrega de pasaportes y hacer más eficiente la gestión de los documentos de viaje, especialmente para los peruanos que residen en el extranjero.
La medida fue promulgada por el Poder Ejecutivo y firmada por la presidenta de la República, Dina Boluarte y el presidente y primera vicepresidenta del Congreso de la República, Eduardo Salhuana y Patricia Juárez, respectivamente.
Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.