Realizar un trámite en una notaría usualmente tardaba entre horas y días, que incluían idas y venidas al establecimiento, periodos de espera y contacto físico con el encargado de la atención. Aunque los nuevos protocolos del sector reducen la interacción y los periodos de espera en el establecimiento con el fin de evitar contagios de coronavirus, con la digitalización de los servicios ambos factores podrían minimizarse hasta el punto de casi desaparecer.
¿Qué servicios podrían digitalizarse? Según Carlos Dextre, gerente general de Soft&Net, la gran mayoría de ellos podrían realizarse exclusivamente por canales virtuales si la normativa se adaptara a estas necesidades y además promoviera la masificación de este cambio en la notarías.
Dicha transformación implica que la notaría cuente con una plataforma tecnológica habilitada para efectuar estos servicios de manera digital.
No obstante, sin la necesidad de modificaciones en las leyes y reglamentos que rigen el sector, las notarías ya tienen el potencial de digitalizar todos los procedimientos no protocolares, que representan el 60% de sus servicios, sostiene Dextre. Entre ellos se encuentran la legalización de documentos, cartas notariales, divorcios, declaraciones juradas, etc. Es decir, todos aquellos que no impliquen la compra y venta de propiedades.
Así, por ejemplo, para la legalización de la copia de un documento, la notaría realizará la evaluación del documento electrónico. “Deberá evaluar si el certificado digital que la persona utilizó para firmar el documento electrónico fue emitido por una empresa autorizada por el Indecopi”, comentó el especialista en esta materia.
Si se tratara de legalizar la copia de un documento físico, el procedimiento sería similar: la copia debe ser firmada digitalmente por el interesado y enviada al notario, que realizará la verificación.
En tanto, para los procedimientos de compra y venta de vehículos, terrenos, viviendas u otros, se requiere de la escritura pública de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp). Por ello, digitalizar estos trámites requiere de un cambio en los reglamentos de la Sunarp, de modo que acepte las firmas digitales de cada una de las partes participantes de la transacción.
Estos cambios se amparan en la ley que crea el Régimen de Firmas y Certificados Digitales. Sin embargo, Dextre sostiene que masificar esta transformación solo será posible si se modifica la Ley del notariado para especificar que estos trámites puedan realizarse de manera digital.
“Otra opción es que el Ministerio de Justicia emita una resolución suprema para impulsar este cambio al menos mientras dure la cuarentena, como lo ha hecho el Ministerio de Trabajo con los contratos de empleo, para los que ya se contempla la firma electrónica. Solo así se masificará esta transformación en las notarías”, agregó el gerente de Soft & Net, una firma que implementa las mencionadas plataformas tecnológicas y ya está trabajando con al menos tres notarías.
De forma similar a lo expresado por el experto, el decano del Colegio de Notarios de Lima (CNL), Mario Romero, semanas atrás dijo a Gestion.pe que su sector planteará al Gobierno cambiar el reglamento de la Ley de Notariado, con el fin de viabilizar la digitalización de la mayor cantidad de servicios que resulte posible.
Los primeros servicios que el CNL se propone trasladar al plano virtual son el protesto de un título valor (letra de cambio, cheque o pagaré) y la entrega de cartas notariales.