Con la finalidad de contrarrestar las pérdidas económicas generadas en las empresas de transporte formal como consecuencia de los bloqueos de carreteras y el efecto colateral post pandemia del COVID-19, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), a través de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), otorgará, de manera excepcional y temporal, una reducción de hasta el 95% en las multas impuestas por infracciones a la normativa de transporte y tránsito terrestre. El beneficio se da en virtud del Programa de Regularización de Sanciones (PRS), aprobado por el MTC mediante el Decreto Supremo N° 014-2023-MTC, el mismo que tiene vigencia hasta el 31 de agosto de 2024. Debe precisarse que el PRS es aplicable a los casos que se hayan iniciado y/o emitido, antes del 24 de setiembre del presente año. El Programa de Regularización de Sanciones considera una reducción de 90% para infracciones calificadas como “muy graves”, 92% para las “graves” y 95% para infracciones leves. Debe precisarse que el PRS es aplicable para los casos que se hayan iniciado y/o emitido antes del 24 de setiembre de 2023. No obstante, excluye aquellas infracciones graves y muy graves que representan un riesgo para la vida y seguridad de los usuarios.
En ese sentido, no se otorgará el beneficio a aquellas infracciones que tienen como descripción: “Prestar el servicio de transporte de personas, de mercancías o mixto, sin contar con autorización otorgada por la autoridad competente”, “No respetar los límites máximo o mínimo de velocidad establecidos”, “Conducir con presencia de alcohol en la sangre”, “Conducir un vehículo automotor sin tener licencia de conducir o permiso provisional”, “Conducir vehículos estando la licencia de conducir retenida, suspendida o estando inhabilitado para obtener licencia de conducir”; entre otras, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 014 -2023-MTC. Los usuarios podrán acceder al PRS si se encuentran en procedimientos administrativos sancionadores, cuyo estado sea “Se encuentren en trámite”, “Tengan la calidad de firmes”, “Hayan sido impugnadas” y/o se encuentren en “Ejecución coactiva”, así como de las Actas de Control levantadas y/o Informes de Gabinete emitidos por la Sutran. Asimismo, los conductores que soliciten acceder a los beneficios del PRS deben haber llevado y culminado el Curso de Buenas Prácticas en Seguridad Vial y Cumplimiento de la Normativa en Materia de Transporte y Tránsito Terrestre, el cual es dictado por la Sutran a nivel nacional. El conductor debe cumplir dicha condición al momento de presentar su solicitud para acceder a los beneficios del PRS. La adhesión al PRS, previa resolución emitida por el órgano competente de la Sutran, les permitirá a los beneficiarios la conclusión y/o archivo del procedimiento administrativo sancionador, cualquiera sea su estado o del procedimiento de ejecución coactiva. En los próximos días, la Sutran aprobará, mediante Resolución de Superintendencia, la Directiva para acogerse al PRS conforme establece el artículo 1 del Decreto Supremo N° 014 -2023-MTC, para la atención de las solicitudes de acogimiento. Incumplimientos en materia de transporte terrestre Asimismo, se incluyen en el PRS determinados incumplimientos, siempre que los administrados que reconozcan su responsabilidad en forma expresa y escrita, a través de la suscripción y presentación de una declaración jurada de reconocimiento de responsabilidad y de compromiso de volver a incurrir en dicha conducta; y que, de corresponder, acredite el pago respectivo.
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