El MTC enfatizó que estos implementos deben cumplir con las especificaciones técnicas establecidas. (Foto: Andina)
El MTC enfatizó que estos implementos deben cumplir con las especificaciones técnicas establecidas. (Foto: Andina)

El informó que comenzarán a sancionar a los motociclistas y sus acompañantes que no utilicen chalecos distintivos ni cascos de seguridad con las especificaciones técnicas establecidas.

De acuerdo con la entidad, las sanciones se implementarán de manera progresiva. A partir del 17 de noviembre, las multas por no portar chaleco distintivo se aplicarán solo en las zonas que hayan sido declaradas en estado de emergencia por orden interno hasta el 18 de abril de 2025.

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En el caso del casco de seguridad, las sanciones se impondrán desde el 18 de noviembre en esas mismas zonas y a nivel nacional desde el 18 de diciembre de 2025.

El recordó que el estado de emergencia por orden interno es una medida excepcional adoptada por el Gobierno cuando la seguridad ciudadana y la paz social se ven gravemente afectadas, por lo que el inicio de la fiscalización se concentrará en dichas áreas.

Las infracciones relacionadas con el están registradas bajo los códigos G.68 (no portar el chaleco) y G.69 (impedir la visibilidad de la placa consignada en el chaleco). En ambos casos, la multa asciende a S/ 428 (8% de la UIT), se suman 20 puntos al récord del conductor y se retiene el vehículo.

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Respecto al uso del , los conductores y acompañantes deberán portar cascos certificados, y en el caso de que no cuenten con protector cortaviento o parabrisas, el conductor deberá utilizar anteojos protectores transparentes.

La sanción por incumplir esta disposición también asciende a S/ 428, con 40 puntos en el récord del conductor y la retención de la motocicleta.

El enfatizó que estos implementos deben cumplir con las especificaciones técnicas establecidas mediante Resolución Directoral, con el objetivo de reforzar la seguridad vial y reducir los accidentes de tránsito que involucran motociclistas.

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