
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó el Decreto Supremo N° 002-2026-MTC, que modifica el Reglamento Nacional de Tránsito, con el objetivo de fortalecer el control, la seguridad vial y el cumplimiento de las disposiciones de la autoridad durante los estados de emergencia por orden interno.
La norma precisa las conductas sancionables aplicables a quienes circulen, interrumpan o incumplan las restricciones de tránsito dispuestas en zonas declaradas en estado de emergencia, “garantizando un régimen sancionador claro, previsible y proporcional, en resguardo del orden interno y la seguridad ciudadana”.
Entre los principales cambios, el decreto modifica el artículo 336 del Reglamento Nacional de Tránsito, referido al trámite del procedimiento sancionador, y actualiza la infracción M41 del Cuadro de Tipificación de Infracciones, estableciendo sanciones diferenciadas según la gravedad y reincidencia del incumplimiento de las restricciones de circulación durante situaciones de emergencia.
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Asimismo, se incorpora el nuevo artículo 140-B al Reglamento Nacional de Tránsito, el cual dispone que, en los lugares declarados en estado de emergencia por orden interno, la norma que aprueba dicha declaratoria podrá establecer restricciones específicas para el tránsito y el uso de vehículos en la vía pública.
El MTC precisó que esta modificación normativa busca fortalecer la capacidad del Estado para ordenar el tránsito en contextos excepcionales, proteger la seguridad de las personas y asegurar el respeto a las disposiciones emitidas por la autoridad competente.
El Decreto Supremo N° 002-2026-MTC entra en vigencia a los cinco días calendario contados desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y será publicado el mismo día en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Dos personas en una moto
Uno de los focos de la norma está puesto en el uso de motocicletas, especialmente cuando circulan dos personas en una sola unidad, una práctica frecuente en contextos de inseguridad y asociada a delitos como el robo y la extorsión. La modificación normativa busca desincentivar estas conductas mediante sanciones más claras y procedimientos administrativos más expeditivos, tanto para conductores como para propietarios de los vehículos.
Además, el decreto precisa que el pago de la multa no solo cierra el procedimiento administrativo, sino que también conlleva consecuencias en el sistema de puntos del conductor. Es decir, no se trata solo de una sanción económica, sino de un castigo que puede afectar directamente la vigencia de la licencia y el historial del infractor, reforzando el carácter disuasivo de la medida.
La infracción M41, calificada como muy grave, sanciona a los conductores que incumplen las restricciones de tránsito dictadas por la autoridad durante desastres naturales o estados de emergencia. La norma impone multas altas, una severa pérdida de puntos y, en determinados casos, medidas preventivas inmediatas, además de responsabilidad solidaria del propietario o transportista.
La multa en el 2026, en caso dos personas transiten en una misma moto, será de S/ 660, equivalente al 12% de una UIT. En caso de reincidencia, la multa será el doble, S/ 1,320








