
El Gobierno modificó el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, con el objetivo de agilizar la evaluación de proyectos y fomentar nuevas inversiones en el sector.
A través del Decreto Supremo N.° 014-2026-EM, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) elevó de 40 a 60 el número máximo de plataformas de exploración que podrán tramitarse mediante una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), instrumento cuya evaluación toma 30 días hábiles.
Antes de esta modificación, los proyectos que superaban las 40 plataformas debían presentar un Estudio de Impacto Ambiental semidetallado (EIA-sd), cuyo proceso de evaluación demanda 90 días hábiles.
La norma también incorpora cambios para hacer más predecible la tramitación ambiental. Entre ellos, establece plazos para las entidades involucradas y los administrados, evita la duplicidad de observaciones entre las autoridades evaluadoras e incorpora mecanismos de asistencia técnica para facilitar la subsanación de observaciones.

Asimismo, permitirá que el administrado sea notificado con las observaciones formuladas por la entidad evaluadora incluso cuando una entidad opinante aún no haya emitido su informe, evitando que el procedimiento quede paralizado por esa demora.
El ministro de Energía y Minas, Waldir Ayasta, afirmó que la modificación busca acelerar el desarrollo de proyectos de exploración sin flexibilizar las exigencias ambientales.
“Esta norma no significa ceder terreno en materia ambiental; los estándares de protección se mantienen intactos. Lo que hacemos es ordenar y agilizar el procedimiento, para que el país pueda contar con más proyectos de exploración, más inversión y más empleo”, sostuvo.
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Con esta medida, el Ejecutivo busca dinamizar la cartera de proyectos de exploración minera, impulsar la inversión privada y brindar mayor predictibilidad a los procedimientos ambientales del sector.







