Durante el 2023 unas 4,257 parejas de convivientes registraron sus uniones de hecho, informó la Sunarp. Foto: Istock.
Durante el 2023 unas 4,257 parejas de convivientes registraron sus uniones de hecho, informó la Sunarp. Foto: Istock.

Durante el 2023 unas 4,257 parejas de registraron sus uniones de hecho en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (), mientras que otras 315 registraron el cese de las uniones. En esta nota conoce cuáles son los beneficios que obtienes por realizar este y cómo registrarlo.

¿Qué es la convivencia?

La , también llamada unión de hecho, es la unión libre y voluntaria entre un hombre y una mujer sin vínculo matrimonial entre sí, que haya durado por lo menos dos años continuos para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio. Adicionalmente, ellos deben encontrarse libres de impedimento matrimonial, cuando los convivientes estén de acuerdo en registrar la convivencia en el Registro Personal de la .

De allí la importancia de inscribir la convivencia en el Registro Personal de la . Así, la pareja precisa la fecha de inicio de la relación, así como la de su finalización —en caso se produjera—, con el objetivo de diferenciar con exactitud los bienes muebles e inmuebles que les corresponden a cada uno para una adecuada redistribución patrimonial.

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¿Cuáles son los beneficios de registrar la unión de hecho?

Si eres parte de una relación de convivientes, debes saber que la mejor manera de proteger tus derechos es inscribiendo el inicio y el cese de tu en los Registros Públicos, ya que todos los bienes y rentas obtenidas durante la vigencia de la convivencia pertenecen a ambas personas en partes iguales. Además, una vez inscrita la unión de hecho en la , automáticamente se generan los derechos sucesorios entre sus integrantes.

Entre otros beneficios que obtienes al registrar una en la figuran los siguientes: el régimen patrimonial de sociedad de gananciales, derecho de alimentos entre concubinos, derechos de salud, derechos sucesorios, pensión de viudez. Asimismo esta condición permite la posibilidad de adopción.

Dato: El año 2022 se registraron 4,008 uniones de hecho. Ese mismo año, 223 decidieron registra el cese de la convivencia.

¿Cómo registrar una unión de hecho?

El primer paso para formalizar una es acudir a un notario público, cuando ambos convivientes están de acuerdo en registrarla. Aquí se tramita la unión de hecho de acuerdo a los siguientes requisitos:

  1. Solicitud que incluya los nombres y firmas de ambos solicitantes, así como el reconocimiento expreso que conviven no menos de dos años de manera continua.
  2. Declaración expresa de los solicitantes que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.
  3. Certificado domiciliario de los solicitantes. Debe ser el mismo para ambos convivientes.
  4. Certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer, expedido por el Registro Personal de la oficina registral donde domicilian los solicitantes.
  5. Declaración de dos testigos indicando que los solicitantes conviven dos años continuos o más.
  6. Otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años continuos.

Posteriormente, el notario público realiza publicaciones de un extracto de la solicitud. Transcurridos 15 días útiles, de no presentarse oposición extenderá la escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho entre los convivientes, la cual se remitirá al Registro Personal de la del lugar donde estos domicilian.

El costo de inscripción de una unión de hecho en la es de S/ 24.60. Los gastos notariales varían de acuerdo a la notaría elegida.

¿Puedes hacerse por vía judicial?

También se puede solicitar la inscripción de reconocimiento de la unión de hecho a través de la vía judicial en cuyo caso se deberá presentar el parte judicial que contiene el oficio del juez, adjuntando las copias de la sentencia, certificadas por un auxiliar jurisdiccional, así como la resolución que declara consentida o ejecutoriada la sentencia. En ambos casos, deberá indicarse el número de DNI de los convivientes.

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