¿Cuántas vidas se pueden salvar con un solo donante de órganos y tejidos?: Al menos 10 personas. De acuerdo con el Ministerio de Salud (Minsa), más de 6,400 ciudadanos en Perú forman parte de la larga lista de espera. En varios casos el tiempo les parece interminable, e incluso, algunos no llegan a saber que llegó su turno.
De esta cifra, más de 5,000 peruanos necesitan trasplantes de córnea (tejido) y más de 700 un trasplante renal (órganos); mientras que otro grupo, en menor cantidad, requiere de un hígado, corazón, pulmón, páncreas, piel y otros.
Ante este problema de salud pública a causa del aumento de la tasa de enfermedades en la población y la escasez de donantes, el Congreso aprobó el 12 de abril pasado, por mayoría, la propuesta de ley que promueve la donación de órganos y tejidos humanos para trasplante con fines terapéuticos, y que presume la donación universal salvo declaración contraria o excepciones. La propuesta obtuvo 101 votos a favor, cero votos en contra y 2 abstenciones; y fue exonerada de segunda votación.
Para el 31 de mayo, el Ejecutivo promulgó la Ley N° 31756, que promueve la donación de órganos y tejidos humanos para trasplante con fines terapéuticos, y que fija nuevas reglas. El dispositivo legal presume la donación universal salvo declaración contraria o excepciones.
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¿Cuáles son las nuevas reglas?
- La nueva regulación modifica la Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos Humanos. Precisa que todos somos potenciales donantes, salvo que manifestemos nuestra oposición en vida, y que nuestra voluntad expresada que desea donar sus órganos solo puede ser modificada por nosotros mismos y no podrá ser revocada por sus deudos o familiares.
- La Ley N° 31756 remarca que, aunque cualquier individuo tiene el derecho de expresar su negativa a donar sus órganos o tejidos en vida, también puede revocar esa declaración en cualquier momento.
- Para ser donante de órganos y tejidos, uno tiene que exponer su voluntad en el Documento Nacional de Identidad (DNI) o a través de las actas de consentimiento. Sin embargo, la promulgada Ley indica que el ciudadano se le considera donante, salvo que exprese su voluntad de no donar.
- La información sobre si eres o no donante de órganos y tejidos debe ser consignada también en la licencia de conducir u otros documentos, de acuerdo con la información que conste en el Documento Nacional de Identidad (DNI) .
- En el en caso existiese discrepancia entre la información del DNI y la última manifestación de voluntad de la persona, se tomará como válida la última manifestación de voluntad. Excepcionalmente, se considerará válida la declaración positiva para donar formulada por los familiares directos del donante cadavérico.
- En el caso de las personas absolutamente incapaces y personas relativamente incapaces, comprendidas en los numerales 1, 6 y 7 del artículo 44 del Código Civil, el consentimiento para donar debe ser expreso y a cargo de sus representantes legales.
- Se dispondrá de los medios simplificados para declarar su voluntad de no ser donante que pondrá a disposición el Ministerio de Salud (Minsa), de acuerdo con los procedimientos que establecerá el reglamento de la presente ley.
- Dispone que desde el Estado se promoverá la cultura de donación de órganos y tejidos para trasplante con fines terapéuticos en la población, incorporando contenidos en la formación que se imparte de manera obligatoria en las instituciones educativas de la educación básica y superior, públicas y privadas a través del Ministerio de Educación (Minedu).
- El Ministerio de Salud (Minsa), como ente rector, tendrá la obligación de promover la donación a través de campañas de concientización y sensibilización a nivel local, regional y nacional, y de organizar, implementar y fortalecer, en todo el territorio, las unidades de procura de órganos o tejidos en los establecimientos de salud, expresamente autorizados para tal fin por la autoridad nacional de salud.
¿Es constitucional la Ley 31756?
El abogado Adrián Simons dijo a Gestión que esta norma promulgada por el Ejecutivo sí es constitucional porque nuestra Constitución garantiza el derecho de toda persona a la vida y a la dignidad.
Precisó que la donación de órganos y tejidos no solo puede salvar una vida, sino que, además, puede lograr que una persona lleve una vida más digna al recibir un tratamiento terapéutico.
“Para el derecho la muerte pone fin a la persona y, el cadáver deja de ser un sujeto de derecho, por tanto, es válido que la nueva ley haya invertido la regla del consentimiento expreso por el consentimiento presunto o tácito”, remarcó.
Asimismo, Simons señaló que tampoco se vulnera el derecho de aquellas personas que no desean donar sus órganos o tejidos, porque pueden declarar su negativa a la donación.
Recordó que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha considerado, para el caso de la donación de órganos y tejidos, que el consentimiento pueda ser expreso o tácito. Además, recordó que el Perú ocupa los últimos lugares en la región y el mundo en materia de donación de órganos.
“Esperemos que la nueva ley revierta estas tendencias negativas y con una buena campaña educativa, nuestra sociedad tome conciencia de la necesidad de los trasplantes de órganos, porque salvan vidas. Además de reducir sustancialmente el tráfico de órganos”, agregó.
Tras conocer las nuevas reglas, resolvemos a través de preguntas en qué consiste la Ley 31756, que promueve la donación de órganos y tejidos humanos y si podría generar discrepancia con las personas que no desean ser donantes:
¿YA APLICA LA LEY QUE PRESUME QUE TODOS DESEAN SER DONANTES DE ÓRGANOS?
No. El doctor Juan Almeyda, director de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre del Ministerio de Salud (Minsa) explicó a Gestión que aún se tiene que trabajar el reglamento por lo que, a la fecha, no se aplica esta disposición. Para que comience a regir este documento debe estar aprobado y publicado.
Por su parte, el director de Servicios Registrales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), Juan Castro Pinto, mostró su confianza en que tras la promulgación de la Ley 31756, los familiares de las personas que decidan donar órganos y tejidos respeten la decisión. “Lo que se debe respetar es la última voluntad de esta persona”, remarcó a Gestión.
ENTONCES, ¿DESDE CUÁNDO ENTRARÍA EN VIGENCIA LA NORMA?
El plazo para la elaboración del reglamento de la Ley N° 31756 que promueve la donación de órganos y tejidos humanos de donante cadavérico para trasplante con fines terapéuticos y que presume la donación universal salvo declaración contraria o excepciones, es de 180 días desde su promulgación que fue el pasado 31 de mayo. Hasta el 9 de junio quedan 171 días.
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SI COLOQUÉ “SÍ” O “NO” EN MI DNI AÑOS ANTES DE LA LEY ¿CUÁL ES MI SITUACIÓN AHORA TRAS LA PROMULGACIÓN Y LUEGO QUE SEA PUBLICADA LA NORMA?
El Ministerio de Salud (Minsa) y el Reniec explicaron que será válida la información que dice el DNI ya sea “Sí” o “No” hasta la fecha de caducidad del documento. Es decir, una vez que caduque el documento, la persona tendrá que volver a elegir entre ambas opciones y ya no aplicará el no especificado. ”Es válido lo que dice el DNI para su próximo cambio del documento. Por ejemplo, si tu DNI vence en el 2025, hasta esa fecha lo colocado o no especificado será válido”, precisó el doctor Juan Almeyda del sector Salud.
En el caso de las personas que no especificaron ni “Sí” o “No” en su DNI, luego que caduque el documento tendrán que realizar el trámite para elegir una de esas opciones sino de forma automática se presumirá que “Sí” son donantes de órganos.
“Se va a mantener la vigencia de los DNI registrados hasta su renovación porque estamos en un periodo de implementación de esta norma. Estamos en coordinación con el Minsa. Si la persona colocó ‘No’ eso se va a mantener. Esta norma apunta a las personas que no han especificado su decisión que son alrededor 2 millones y medio, y para los que colocaron ‘No’ porque podrán cambiar de opinión a favorable de ser el caso”, indicó Juan Castro del Reniec.
SI CUMPLO 18 AÑOS LUEGO DE PUBLICADO EL REGLAMENTO ¿CÓMO SERÍA EL CASO?
Si el reglamento fue publicado, y tras ello cumples la mayoría de edad y tienes que tramitar tu DNI por primera vez, entonces en ese momento solo tendrás que elegir entre “Sí” o “No” ser donante, pues en caso no realices una declaración contraria, se presumirá que apruebas la donación de órganos y tejidos.
¿LA LEY GENERÁ DISCREPANCIA SOBRE TODO CON LAS PERSONAS QUE NO DESEAN SER DONANTES?
”Todo el mundo tiene derecho a decir no a la donación de órganos y tejidos. Uno es libre, pero esa decisión debe ser informada [en el DNI]”, señaló el representante del Minsa, el doctor Juan Almeyda.
¿LA DECISIÓN DE DONAR ÓRGANOS Y TEJIDOS PODRÁ SER VARIADA POR LOS FAMILIARES?
No. Si la persona fallece y expresó su voluntad de “Sí” ser donador de órganos y tejidos, esta decisión no podrá ser variada por los familiares. También aplica que se considerará como donador en caso el DNI haya vencido y la persona no haya especificado si aceptó o no, pues si esto ocurre la ley contempla que se presume que uno es donante. ”Se debe respetar la decisión de la persona de ser donante y a la familia se le va a informar”, remarcó el Minsa.
¿HAY EXCEPCIONES EN LA NUEVA LEGISLACIÓN?
El Artículo 11 de la Ley señala que los representantes legales de las personas absolutamente incapaces y personas relativamente incapaces, comprendidas en los numerales 1, 6 y 7 del artículo 44 del Código Civil podrán otorgar o revocar su consentimiento para la extracción de órganos o tejidos de sus representados, con fines de donación. Este grupo de personas se refiere a los recién nacidos y menores de edad; además de las personas que no puedan decidir debido alguna enfermedad, anomalía o esté imposibilitado.
”Por ejemplo puede ser un niño o persona que haya tenido una derrame cerebral entonces ahí la familia puede participar en la decisión. Aquí no alcanzan a los discapacitados porque ellos sí pueden decidir”, explicó.
SI EN MI DNI FIGURA “NO” A LA DONACIÓN, ¿LUEGO PUEDO CAMBIAR DE PARECER?
Sí. De acuerdo a la nueva regulación la persona podrá cambiar su parecer y darlo a conocer no solo en el DNI sino a través de otro mecanismo al margen del trámite personal en el Reniec. Respecto a esta otra alternativa, el Minsa no brindó más detalles al sostener que el tema se tiene que evaluar con otras instituciones en el marco de la elaboración del reglamento.
”Por ejemplo puse que “No” en mi DNI que dura hasta el 2026 o 2029, pero me informo bien y quiero cambiar, pero se me hace complejo hacer el trámite en el Reniec y pagar. Entonces, puede presentar otro documento que eso se verá cuando elaboremos el reglamento para que las personas puedan cambiar su decisión y que la familia también lo tenga presente”, explicó el doctor Almeyda.
En esa línea, el vocero del Ministerio de Salud explicó que ahora se tiene que pensar en el tema digital, pero con una mirada hacia todo el territorio nacional. “Tenemos que adecuar muchas cosas. No solo es llenar un documento pues se debe pensar en que existen personas con DNI electrónico. También hay que analizar bien el tema de tecnología porque no todo el país cuenta con acceso al internet”, mencionó.
MIENTRAS LA LEY NO APLICA ¿PUEDO RECTIFICAR LA DECISIÓN DE DONACIÓN DE ÓRGANOS?
Sí. Para rectificar esta decisión el usuario debe realizar el pago de tasa por el trámite. Si cuenta con DNI Azul la tasa es de S/ 22 y el código de tributo es 00728. En el caso del DNI electrónico la tasa es de S/35 con el código tributario 00730. El pago puede efectuarse en un Agente Multired o la agencia del Banco de la Nación (BN).
Tras ello, el usuario debe acercarse a un centro de atención del Reniec o un Centro MAC, con el voucher y realiza el trámite de corrección de su decisión de donar órganos. Podrá recoger el DNI una vez que se verifique en la página web del Reniec que el trámite ya esté al 100% listo.
El Reniec recordó a la ciudadanía que este procedimiento vía Actualización por Cambio de la decisión de ceder órganos y tejidos, lo pueden hacer de forma presencial en una oficina registral o de manera virtual desde sus plataformas de servicios (www.reniec.gob.pe). Cuando se realiza una modificación relacionada con la Donación de Órganos y Tejidos se emitirá un nuevo DNI para que los datos correctos se muestren impresos en tu documento.
¿CUANDO LA LEY COMIENCE A REGIR SE TENDRÁ QUE REALIZAR ESTE PAGO PARA TRÁMITE O SERÍA GRATUITO?
El representante del Reniec, Juan Castro, explicó que durante la evaluación del reglamento donde se reunirán con otras instituciones se podría evaluar el tema de no cobro por el trámite de rectificación de datos en el caso de donación de órganos y tejidos.
Sin embargo, explicó que necesitan presupuesto que debería ser otorgado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para que ese trámite pueda realizarse de forma gratuita. “Son temas que son sujetos a evaluación y sobre la mesa durante las reuniones”, dijo.
¿ALGUNA RELIGIÓN EVITA SER DONADORES DE ÓRGANOS Y TEJIDOS?
No. Para el responsable de la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre (Digdot) del Minsa, Juan Almeyda, el peruano es solidario, pero requiere de información adecuada para que el ciudadano comprenda la importancia de la donación de órganos. Recordó que al ser donador, puedes salvar la vida de hasta 10 personas.
No obstante, dijo que uno de los principales motivos que indica el ciudadano para evitar ser donante de órgano es que “su religión se opone o no lo permite”. ”No hay ninguna religión aquí en el Perú que se oponga a la donación de órganos y tejidos. Ellos están a favor y algunos señalan que el acto de amor que pueda dar una persona a otra. Inclusive los Testigos de Jehová, quienes solo no aceptan trasfusión de sangre”, señaló el doctor Almeyda.
Citó como ejemplo que los miembros de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días dedican un día al año a hablar de la importancia de la donación de órganos, y recordó que la Iglesia Católica también apoya la donación y el trasplante de órganos.
Al respecto, la Asociación de Testigos de Jehová confirmó a Gestión lo que mencionó el Minsa, que su congregación sí acepta la donación de órganos y tejidos. ”Aunque la Biblia prohíbe específicamente el consumo de sangre, no hay ningún mandato bíblico que prohíba directamente tomar tejido o hueso de otro ser humano. Por consiguiente, el trasplante de órganos es una cuestión de decisión personal”, explicó.
Sobre las transfusiones de sangre mencionaron que la rechazan, pero que aceptan la gran mayoría de tratamientos médicos. “En la actualidad los avances de la ciencia médica nos permiten obtener tratamiento sin transfusiones de sangre que proveen resultados iguales o mejores que una transfusión de sangre”.
”Nuestra postura se basa en nuestro entendimiento de las Escrituras. Hebreos 15:20 dice “que se abstengan […] de sangre”, añadió la Asociación de Testigos de Jehová.
Al ser consultados sobre su opinión respecto a Ley N° 31756, los testigos de Jehová señalaron que no se involucran en asuntos políticos. “No promovemos ni nos oponemos a las leyes que se promulguen en nuestro país. Aunque no intervenimos en asuntos políticos, respetamos la autoridad de los que gobiernan y respetamos el derecho que tiene cada cual de tomar sus propias decisiones sobre cuestiones políticas y de salud”, mencionó.
Situación de la donación de órganos y tejidos en el Perú
¿CUÁLES SON LOS ÓRGANOS Y TEJIDOS MÁS DEMANDADOS EN PERÚ?
- Órganos (de mayor a menor): riñón, hígado, corazón, pulmón y páncreas. Otro de los más demandados es el intestino delgado, pero eso no se realiza en el Perú.
- Tejidos (de mayor a menor): córneas (lo que la mayoría de población peruana que requiere de un trasplante lo necesita), piel y huesos.
¿CUÁL ES EL GRUPO POBLACIONAL QUE MÁS REQUIERE DONACIÓN DE ÓRGANOS?
En la lista de grupos poblacionales que demandan un trasplante de órgano en el Perú, el orden es el siguiente: adultos, adultos mayores, niños, adolescentes y bebés. Si separamos esta información por la población que demanda más un el tipo de órgano figuran los adultos y adultos mayores (más de 700 personas) que esperan de un donante de riñón.
“En su mayoría necesitan un riñón. Son aquellos pacientes que son sometidos a diálisis y hemodiálisis. Es consecuencia de la hipertensión y diabetes”, dijo el doctor Almeyda.
Para el trasplante renal también figura un pequeño grupo de niños. “Son el 15% del total, que equivale maso menos unos 100, y la mayoría de casos responden a un mal congénito. No es por diabetes ni hipertensión”, dijo.
No obstante, de acuerdo al representante del Minsa, si se compara la demanda de órganos con la de tejidos, la segunda es la más requerida en el país debido a que son 5,000 personas que esperan este tipo de trasplante. Aquí, el grupo que predomina son los adultos mayores.
¿CUÁLES SON LAS REGIONES QUE DEMANDAN MAYOR TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS?
El Ministerio de Salud informó que son solo 8 regiones donde se realizan trasplantes de órgano y tejidos en el Perú son:
El doctor Almeyda anunció que antes de fin de este 2023 esperan iniciar con los trasplantes de riñón en Ayacucho. Mientras, estiman comenzar a realizar trasplante renal en Iquitos (Loreto) a partir del 2024.”La idea es acercar al paciente y sabemos que esto es estar en una lista de espera de un donante. Entonces, es complicado que vengan de regiones a Lima para estar esperando porque no es una fecha definida. Es un proceso complicado cuando es el momento de traslado de un órgano a un paciente”, indicó.
¿CUÁL ES LA CIFRA DE DE TRASPLANTES REALIZADOS?
En lo que va del 2023, son cerca de 200 (equivalente a 14 donantes) los trasplantes realizados. La tasa de donantes aumentó de 0.5 donantes por millón de habitantes (p.m.h.) en el 2020 a 1.3 en el 2022. El año pasado, fueron 42 las familias que aceptaron donar los órganos y tejidos de sus seres queridos, asimismo, se realizaron 730 trasplantes de órganos y tejidos corneales en los 18 establecimientos de salud públicos y privados del país acreditados para realizar este tipo de procedimientos médicos.
”En el 2020 por la pandemia del COVID-19 se hicieron trasplantes hasta el primer trimestre y una vez declarada la emergencia no se hicieron hasta finales de ese año. En el 2019, la tasa de donantes fue de 2.3 donantes (equivale 1,000 donantes efectivos), 2020 bajó a 0.5, 2021 subió 0.7, 2022 fue 1.3 y este 2023 esperamos 1.7 a 2.0 hasta fin de año. Esperamos recién el 2024 llegar a cifras prepandemia”, señaló el vocero del Minsa.
El Minsa explicó que la data de trasplantes de órganos y tejidos se basan en los desarrollados en centro de salud públicos, del Seguro Social de Salud (Essalud), Policía Nacional, Fuerzas Armadas (Marina, Fuerza Aéreo y Ejército), y los establecimientos privados.
QUÉ ACCIONES SE TOMARÁN PARA PROMOVER LA CULTURA DE TRASPLANTE DE ÓRGANOS Y TEJIDOS
De acuerdo con la Ley N° 31756, el Ministerio de Educación (Minedu) tiene la obligación de incorporar en la Currícula de Educación Básica y educación superior el tema de promover la donación de órganos y tejidos humanos.
Por su parte, el Ministerio de Salud (Minsa) tendrá como prioridad el tema de la promoción y difusión de la donación de órganos y tejidos.
¿CUÁNTOS PERUANOS COLOCARON “SÍ” O “NO” A LA DONACIÓN DE ÓRGANOS?
Cifras oficiales del Reniec informa que hasta la fecha son 3′248,655 peruanos expresaron la voluntad de donar sus órganos en el Documento Nacional de Identidad (DNI) con la opción “Sí”.
Asimismo, son 19′332,198 de ciudadanos peruanos que le han dicho “No” a la donación de órganos en su DNI.
¿INCREMENTÓ O SE REDUJO LA CIFRA DE PERSONAS QUE COLOCÓ “SÍ” O “NO” A LA DONACIÓN DE ÓRGANOS EN EL DNI?
De acuerdo con el Reniec, la cifra comparativa por condición de donantes del 2019 al 2023 ha ido incrementado tanto en los ciudadanos que decidieron colocar “Sí”, y otro grupo de personas que prefirió el “No” a la donación de órganos y tejidos.
“La mayoría de personas pueden decir “Sí” a la donación de órganos porque ayuda a salvar vidas. A esto se suma la campaña bajo el lema “No basta ponerlo en el DNI, infórmale a tu familia que eres donante. En el caso de personas que no han espeficado si quieren ser donantes de órganos manejamos una data de 2 millones y medio que se mantiene constante”, indicó el director de Servicios Registrales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), Juan Castro Pinto a este Diario.
AÑOS | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | ||||||||||||||||||||||||||||||
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ACEPTA DONAR | 3′051,843 | 3′080,337 | 3′155,261 | 3′231,468 | 3′248,655 | ||||||||||||||||||||||||||||||
NO ACEPTA DONAR | 18′471,900 | 18′503,202 | 18′863,104 | 19′229,551 | 19′332,198 |
Datos
- El Reniec, en alianza estratégica con el Ministerio de Salud y Essalud, impulsa la campaña de concientización para incentivar la donación órganos y que esta voluntad sea respetada por los familiares, bajo el lema “No basta ponerlo en el DNI, infórmale a tu familia que eres donante”. También realiza campañas en redes sociales y en nuestras agenciad a nivel nacional para concientizar la donación de órganos.
- Reniec adecuó el aplicativo para que en la renovación del DNI en línea los ciudadanos puedan actualizar su condición de donante de órganos.
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