La Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid) emitió -en la víspera- el registro sanitario condicional del fármaco Molnupiravir, un tratamiento oral desarrollado por la farmacéutica Merck Sharp & Dohme (MSD) y dirigido -principalmente- para tratar los casos leves y moderados de COVID en pacientes de alto riesgo.
Este es el primer paso para que la píldora antiviral pueda comercializarse en el territorio nacional. Tras ello, ¿qué acciones siguen para su arribo al Perú?
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Gestión conversó con el gerente médico de MSD, Alberto La Rosa, quien detalló ocho elementos claves a tomar cuenta.
1.-¿Qué es el Molnupiravir?: el especialista mencionó que este es el primer medicamento vía oral para el tratamiento de COVID ya que evita que el virus SARS-CoV-2, agente causal de COVID, se replique en el organismo.
“Cuando una persona con COVID lo toma en los primeros cinco días de la enfermedad, desde el inicio de los síntomas, reduce el riesgo que haga un cuadro grave o fallezca”, acotó.
2.- ¿Quiénes lo pueden tomar?: el fármaco está prescrito para adultos (mayores de 18 años) con un diagnostico de COVID y con síntomas leves a moderados, explicó. No está recomendado para pacientes con casos graves de COVID.
Añadió que está dirigido principalmente para pacientes con factores riesgo como con obesidad, diabetes, cáncer activo, con problemas crónicos del corazón, de los riñones e incluso VIH.
También se puede suministrar este fármaco a las personas mayores de 60 años. “No es un medicamento para uso masivo. Únicamente para pacientes con factores de riesgo y personas mayores de 60 años”. Igualmente, no debe ser suministrado a niños, adolescentes ni a mujeres embarazadas.
3.- ¿Cómo es el tratamiento?: el uso de Molnupiravir es bajo receta médica. Esta se suministra vía oral en forma de cápsula, dos veces al día por cinco días.
Este fármaco -subrayó- no intenta reemplazar a las vacunas que deben continuar suministrándose de forma masiva a la población. Molnupiravir -remarcó- es un tratamiento para cuando la persona con factores de riesgo o mayor de 60 años se enferma de COVID.
4.- ¿Qué permite el registro sanitario condicional?: para MSD obtener la autorización de la Digemid (el registro sanitario condicional por un año) es un paso importante ya que va a permitir que se comercialice Molnupiravir en Perú.
“Su uso práctico (del registro sanitario condicional) va a depender de los siguientes pasos que vienen. Estamos en coordinación con el Ministerio de Salud (para la adquisición de un primer lote). Le hemos alcanzado la evidencia científica y ellos están evaluando si es que incorporan al Molnupiravir como parte de los productos de tratamiento para el COVID”, adelantó.
La autorización otorgada por Digemid permitirá que Molnupiravir pueda comercializarse no solo en el sector público también en el privado, agregó.
5.- Minsa: lo que está entidad gubernamental va a decidir -básicamente- es si incorpora a Molnupiravir en su programa de tratamiento para el COVID -plasmado en el documento técnico “Prevención, diagnóstico y tratamiento de personas afectadas por COVID-19 en el Perú”- y como parte de su estrategia para evitar casos graves y la saturación del sistema de salud, precisó.
“Si ello ocurre, va a ser un tratamiento similar a las vacunas”, mencionó. Ello implica que el Estado -tal como ocurre en México, Bolivia u otros países en la que está presente- compre un lote de tratamiento para que llegue a la población a través de instituciones públicas o según la distribución que disponga.
“Venimos trabajando desde hace semanas con el Minsa brindándoles las respuestas a todas las consultas que ellos han tenido. Sabemos que están evaluando”.
6.- Privados: si bien la autorización otorgada por la Digemid permite también que operadores privados negocien con MSD la adquisición de un lote de tratamiento del fármaco Molnupiravir, el representante del laboratorio dijo a Gestión que la prioridad -en este momento- lo tiene el Estado peruano.
No obstante, MSD añadió que también han iniciado conversaciones con actores particulares, especialmente con instituciones del sistema privado de salud. “Por el momento son clínicas. La venta en farmacias es un tema que lo estamos discutiendo con el Minsa, (la que) aún no está definido”.
7.- Disponibilidad: el laboratorio MSD recordó que -a fines de 2021- se produjo 10 millones de cursos de tratamiento lo que permitirá abastecer a los países de Latinoamérica que lo requieran. Además de Perú, otros países de la región que otorgó a Molnupiravir registro sanitario son México, Paraguay y Bolivia.
En el caso de Bolivia -por ejemplo- ya se está empezando a vender desde el mes de enero en farmacias. Ello fue posible debido a que la Droguería INTI fue la que hizo las gestiones con MSD para traerlo al país altiplánico.
8.- Costo: La Rosa recordó que la estrategia de la compañía es que el precio del fármaco “este de acuerdo al nivel socioeconómico del país, lo que va permitir que los precios para Latinoamérica sean menores a como se vende en Europa o Estados Unidos. Va ser significativamente menor y accesible”.
Cabe precisar que en Bolivia, el precio de cada cápsula en las farmacias es de aproximadamente US$ 9. Si se toma en cuenta que el tratamiento es dos cápsulas por cinco días hace un costo total de US$ 90.
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