El próximo 6 de marzo culmina el periodo de fiscalización orientativa para las farmacias y boticas, y de cualquier establecimiento privado en todo el Perú, cumpla con la venta del listado de 31 productos genéricos.
Luego de este periodo -a cargo de Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid) y la Direcciones Regionales de Salud-, se inicia la etapa de inspecciones en los establecimientos, y los que no cumplen estarán sujetos a una sanción de hasta 2 UIT, es decir hasta S/ 8,600.
¿Qué se ha encontrado en este periodo de tres meses? Al respecto, Carmen Ponce, directora ejecutiva de Digemid detalla que pese a las dificultades en los recursos se está cumpliendo la meta propuesta de llegar a un 20% de los 20,000 establecimientos para la fiscalización orientativa.
“En regiones se tiene un alcance al 19% y en Lima del 22% de las visitas a los establecimientos de su jurisdicción. En Lima se ha superado la meta”, remarcó.
De la misma forma están elaborando un reporte para que puedan fortalecer su capacidad para la inspección.
¿Evaluación del listado?
Carmen Ponce detalla que el cumplimiento en los medicamentos genéricos en los establecimientos privados se está cumpliendo en “la mayoría de los casos”.
“No queremos entrar a un tema de sanciones, sino que se cumpla el abastecimiento de los genéricos”, remarcó.
En vista de ello no observa un problema de abastecimiento de los productos; sin embargo, en este periodo se han identificado algunos medicamentos de salud mental como clonazepam o sertralina, que son poco comunes.
“Estos medicamentos no son los controlados, pues generalmente entra por el sector público”, sostiene.
Es por ello, que ya tienen en el radar la evaluación que deberían iniciarlo en julio, para culminarlo en agosto o setiembre, con el fin de determinar si la lista de los 30 medicamentos se mantiene o se hace ajustes.
“Estos ajustes pueden ser para arriba o para abajo, o realizarse algún cambio”, remarcó.
Actualmente son 31 presentaciones de productos genéricos las que exige el DU 007-2019.
Vigilancia
Para el periodo de verificación del cumplimiento la norma establece que las farmacias, boticas y servicios de farmacia del sector privado deben mantener disponibles para la dispensación o expendio la totalidad de los medicamentos de la lista.
Mientras que, para las micro y pequeñas empresas el listado obligatorio es al 80% de la lista, de acuerdo a la demanda.
Asimismo, Carmen Ponce detalla que en el periodo de inspección de los establecimientos el volumen mínimo se determinará según el esquema de tratamiento de cada uno de los componentes que deben tener las boticas y farmacias.