El caso se vincula con el Acuerdo de Concejo N.° 419 del 13 de noviembre de 2024, mediante el cual se autorizó la adquisición de material ferroviario valorizado en más de US$ 24 millones, bajo una figura de donación. Foto: Difusión.
El caso se vincula con el Acuerdo de Concejo N.° 419 del 13 de noviembre de 2024, mediante el cual se autorizó la adquisición de material ferroviario valorizado en más de US$ 24 millones, bajo una figura de donación. Foto: Difusión.
Redacción Gestión

El admitió a trámite una solicitud de vacancia en contra de 21 regidores del por haber aprobado el traslado de trenes de la empresa estadounidense Caltrain.

La medida fue solicitada por el ciudadano Carlos Francisco Hinostroza Rodríguez, quien sostiene que dicha decisión vulneró la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N.° 27972).

La denuncia, formalizada entre el 26 y el 31 de marzo, alega que los regidores cometieron infracción a las restricciones de contratación y ejercicio de funciones administrativas, actos que están prohibidos para los concejales según el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63 y el segundo párrafo del artículo 11 de la mencionada ley.

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Entre los involucrados figuran Renzo Andrés Reggiardo Barreto, Fabiola María Morales Castillo, Guillermo Valdivieso Méndez, María José Marcet Yarrow, Efraín Aguilar Pardavé, y otros 16 miembros del concejo metropolitano.

A través del Auto N.° 1 del expediente JNE.2025001081, el JNE ordenó trasladar la solicitud al para que este convoque a una sesión extraordinaria donde se discuta y vote el pedido. Además, se ha requerido al gerente municipal asegurar la notificación del auto a todos los regidores dentro de un plazo de tres días hábiles.

El caso se vincula con el Acuerdo de Concejo N.° 419 del 13 de noviembre de 2024, mediante el cual se autorizó la adquisición de material ferroviario valorizado en más de US$ 24 millones, bajo una figura de donación que, según el denunciante, constituye una compra irregular encubierta.

“Los señores regidores no cuentan con facultades para aprobar contrataciones directas. Ello le corresponde exclusivamente al alcalde, previo informe de las áreas administrativas que lo justifiquen, quien deberá rendir cuentas ante el concejo municipal y cuyos miembros deberán ejercer su función fiscalizadora. Esto conforme lo prescribe la Ley N° 31433, publicada el 6 de marzo de 2022, que modificó la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado (en adelante, LCE), la cual establece que las contrataciones directas se aprueban por medio de resolución del titular de la entidad, quedando sujetas a rendición de cuentas ante el concejo municipal”, fundamenta el denunciante en su pedido de vacancia.

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El órgano electoral también ha instado a los miembros del concejo a tramitar la solicitud conforme a los artículos 13, 16, 19 y 23 de la Ley Orgánica de Municipalidades, que regulan los procedimientos para declarar la vacancia de autoridades ediles.

Aunque la resolución del no implica aún una sanción, sí representa el inicio formal de un proceso que podría remover a casi la mitad del concejo de Lima Metropolitana.

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