El presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, lleva adelante una de sus grandes promesas electorales: deportar a inmigrantes que no cuentan con la documentación debida para seguir en el país. En el camino se presentó, aunque solo por unas horas, un escollo: el mandatario de Colombia, Gustavo Petro, se negó a recibir a sus compatriotas por el maltrato recibido a la hora de ser transportados en aviones militares. Finalmente, el impasse se superó y fueron recibidos.
En los últimos años, Perú ha recibido un gran número de inmigrantes que, al intentar deportarlos, - por ejemplo a Venezuela - no han sido aceptados por ese país debido al gobierno de Nicolás Maduro. ¿Cómo se puede actuar legalmente frente a una situación de este tipo? ¿Qué pasa con los ciudadanos extranjeros que no pueden ser trasladados a sus países de origen?
Gestión conversó con las abogadas Ariana Rodríguez, asociada de Vinatea & Toyama Abogados y Cynthia Rojas de CPB Abogados, así como los internacionalistas Juan Velit y Ramiro Escobar para responder dichas interrogantes.
“En el caso del Perú, la permanencia irregular de extranjeros que ingresen no configura un delito, pero sí es una infracción administrativa”, subrayó Cynthia Rojas.
Explicó que las leyes migratorias de la Superintendencia Nacional de Migraciones contemplan algunas sanciones para aquellos extranjeros que se encuentren en una situación irregular, como por ejemplo si es que ya excedieron el plazo de permanencia que les otorgaba la visa o incluso porque de repente ingresaron al Perú de forma irregular.
“Tenemos el caso de algunas personas que no pasan siquiera por control migratorio”, apuntó.
Rojas explicó que pueden ser sancionados con multas, una salida obligatoria o con una expulsión del país.
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¿Qué multas se aplican a los extranjeros?
Por ejemplo, un extranjero que ingrese con visa de turista o de negocios (temporal), que no tiene propiamente una residencia, si excede los días de permanencia, pagará una multa de 0.1% de la UIT por día. El valor de la UIT es de S/ 5,350.
Por realizar actividades que no correspondan con la visa que se tiene, por ejemplo, trabajar con una visa de turista, la multa es de 10% de la UIT.
El camino de la expulsión
Ariana Rodríguez, asociada de Vinatea & Toyama Abogados, explicó que si el ciudadano extranjero trabaja sin los permisos migratorios correspondientes, Sunafil tiene la potestad de sancionar al empleador.
“Sunafil podría informar a Migraciones y esta puede imponer una multa al trabajador, por realizar labores que no le son permitidas bajo la calidad migratoria que tiene”, indicó.
Desde el lado laboral, Sunafil puede multar al empleador por la comisión de una infracción muy grave en materia de contratación de trabajadores extranjeros (contratar a trabajadores que no tienen la autorización correspondiente), con una multa de 2.63 UIT, es decir, S/ 14,070.5 por el año 2025, detalló.
Rodríguez recordó que, antes de una modificación a la normativa, también se sancionaba con la expulsión o la salida obligatoria. Hoy ya no se prevé.
Sin embargo, indicó que la norma señala que si se presenta información falsa a migraciones para obtener una visa, pueden expulsar al ciudadano del país.
“Una interpretación posible, y de hecho lo hemos visto en noticias, es que han expulsado a personas por señalar que ingresaban consignando que lo hacían como turistas (pero terminaban trabajando), lo que implica dar información falsa. Entonces, creo yo que bajo esa interpretación, migraciones hoy en día podría inclusive expulsar a las personas”, acotó.
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Una visa de turista permite una permanencia de máximo 183 días, seis meses. En tanto, una visa de trabajo regular, puede ser temporal, generalmente también dura 183 días.
También existe la visa de trabajo en calidad de residente, que es la más común y además es la que la mayor parte de trabajadores aspiraría a tener porque les permitiría, por ejemplo, traer a su familia y extenderla a ellos. Esa visa es por un año y se prorroga todos los años.
¿Cómo se consigue una calidad migratoria que habilite a trabajar?
Hay dos maneras de conseguir una calidad migratoria que habilite a trabajar, ya sea de forma dependiente o independiente, indicó Rodríguez. La primera es en función de un contrato de trabajo.
“Es decir, una empresa peruana te contrata, registra ese contrato ante el Ministerio de Trabajo y con base en ese contrato es que se solicita a migraciones que se te dé visa de trabajo. O sea, tu sustento es ya estar contratado por una empresa peruana”, mencionó.
La segunda manera es ser procedente de uno de los países de Mercosur, a raíz de los convenios con el Perú, por la sola nacionalidad se le da una visa que lo habilita sin necesidad de presentar un contrato de trabajo.
Una visa de trabajo, conforme a ley, debería demorar 30 días hábiles, pero en la práctica puede demorar entre dos y cuatro meses.
Operativos migratorios no son usuales
Ariana Rodríguez indicó que los operativos en temas migratorios no son muy usuales.
“Creo que es algo que va a empezar a ser más usual de lo que se pensaba”, anotó.
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¿Qué ocurre si un país no quiere recibir a su connacional?
Hay un vacío. Y es que no hay una norma que te diga qué hacer, sostuvo la asociada de Vinatea & Toyama Abogados.
Perú tendría que tenerlo en el país y no hay razón para una detención porque no es delito. “Entonces, la persona tendría que permanecer con una orden, probablemente de salida obligatoria, que en la práctica, hasta que el otro país no lo no lo reciba, se vuelve inejecutable”.
Por su parte, Cynthia Rojas de CPB Abogados, manifestó que la vía para solucionar un problema así es la diplomática, a fin de buscar que el país reciba a sus ciudadanos.
Ciudadanos en el limbo
El internacionalista Juan Velit señaló que la decisión de Venezuela de no aceptar a sus ciudadanos es una falta flagrante al derecho internacional. “Nadie puede ser sacado de su país ni tampoco se le puede negar el regreso a su tierra. Esa es una norma del derecho internacional”, subrayó.
Recordó que hace algunos meses Argentina, en dos oportunidades, quiso enviar a ciudadanos de dicho país a Venezuela, pero este no permitió el aterrizaje de los aviones en sus aeropuertos.
“Los que habían cometido delitos en la Argentina volvieron a las cárceles y con los otros no se sabe qué ha pasado”, acotó.
¿Cuál es el camino de Perú ante la negativa? “(El país que no acepte a sus connacionales) deja a los ciudadanos en un limbo. Si el Perú realiza esta operación y Venezuela se niega, como ya lo ha hecho, los ciudadanos tienen que volver al Perú”, apuntó.
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Por su parte, el internacionalista Ramiro Escobar sostuvo que “no sería muy inteligente de parte del Perú, en el momento en que Donald Trump está promoviendo estas deportaciones masivas, el sacar una suerte de gran ola de deportaciones venezolanos”.
Sostuvo que, si bien se tiene derecho, por supuesto, a sacar del país a personas que han delinquido, se debe tener cuidado también de no caer en prácticas que afecten los derechos humanos.
“Se debería tener una política migratoria inteligente, estratégicamente de acuerdo a las leyes, a los estándares de derechos humanos”, expresó.
![Sandra Alvarado](https://gestion.pe/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Felcomercio%2Fe230fe80-148b-47c7-838b-bd214a29db07.png?auth=8043aa77d388ab467a189f4fde03710a3a2b64dddb7bee2bb6074e2a572b8e3b&width=64&height=64&quality=75&smart=true)
Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la Universidad de San Martín de Porres. Veinticinco años de experiencia. Trabaja en el diario Gestión desde el 2004. Trabajó anteriormente en los diarios Liberación y Referéndum.
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