Indecopi ratificó que Caja Arequipa vulneró los derechos de una consumidora al modificar las condiciones de su préstamo sin autorización. Foto: Indecopi.
Indecopi ratificó que Caja Arequipa vulneró los derechos de una consumidora al modificar las condiciones de su préstamo sin autorización. Foto: Indecopi.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual contra la , por haber reprogramado un préstamo sin el consentimiento de una consumidora.

En segunda instancia administrativa, la Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) ratificó la multa de 11,60 UIT, equivalente a S/ 62,060, impuesta a la entidad financiera.

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Según el expediente, la usuaria —con sede en la ciudad del Cusco— denunció que modificó las condiciones de su crédito, incrementando el capital y el número de cuota, sin su autorización, vulnerando sus derechos como consumidora.

En ese sentido, se determinó que la Caja Arequipa infringió el artículo 56.1 literal c) del Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual establece que los proveedores deben respetar las condiciones ofrecidas y pactadas con los consumidores y no pueden modificar unilateralmente los términos de un contrato sin su consentimiento expreso.

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Además de confirmar la sanción, el tribunal ordenó a Caja Arequipa dejar sin efecto la reprogramación del crédito y restituir las condiciones originales del préstamo.

La decisión fue emitida mediante la Resolución N.º 1688-2025/SPC-INDECOPI, la cual es de acceso público a través del portal institucional y que puede verlo .

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Respuesta de Caja Arequipa

“El caso hace referencia a hechos ocurridos entre junio de 2020 y agosto de 2021, periodo en el cual se realizaron reprogramaciones a la usuaria mencionada, en el marco de las medidas excepcionales adoptadas durante la pandemia y estado de emergencia sanitaria. En ese contexto, el sistema financiero implementó diversas alternativas de alivio para mitigar el impacto económico de la pandemia en los clientes”, señaló la entidad en principio.

En ese sentido, explicó que “la reprogramación señalada —efectuada a la señora Marina Illatupa Mamani en agencia de Cusco— corresponde a ese periodo y formó parte de los procesos de adecuación crediticia masiva aplicados por las entidades financieras para garantizar la continuidad de los servicios y la estabilidad económica de miles de familias peruanas".

“La demanda interpuesta por la usuaria ante Indecopi fue presentada el 28 de octubre de 2021, cuestionando reprogramaciones realizadas en fechas previas (entre junio de 2020 y agosto de 2021). Por otra parte, el procedimiento administrativo interpuesto por Indecopi culminó este año, imponiendo una sanción que, a juicio de la entidad financiera, se sustenta en una norma no vigente al momento de los hechos, vulnerando los principios de irretroactividad y legalidad”, agregó.

Por tal motivo, Caja Arequipa informó que ha interpuesto una demanda contencioso-administrativa ante el Poder Judicial, solicitando la nulidad de la resolución emitida por la Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) de Indecopi, en ejercicio de su legítimo derecho de defensa y conforme a la normativa aplicable.

“Caja Arequipa reafirma su compromiso con el respeto de los derechos de los consumidores, la transparencia en sus operaciones financieras y el cumplimiento irrestricto de las disposiciones legales vigentes”, finalizó.

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