La sede regional del Indecopi en Pasco detectó estas irregularidades. Foto: Indecopi.
La sede regional del Indecopi en Pasco detectó estas irregularidades. Foto: Indecopi.

La Oficina Regional del (ORI) en Huancayo, región Junín, sancionó en primera instancia a la empresa de transporte San Pedro Cargo S.A.C., ubicada en la ciudad de Cerro de Pasco, con una multa de 4.46 UIT (equivalentes a S/22,969). La penalidad se aplicó por no mostrar la lista de precios ni ofrecer información sobre los horarios de atención en su establecimiento.

El caso se originó de oficio luego de un informe emitido por la sede regional del Indecopi en Pasco, que identificó estas irregularidades durante una inspección realizada a la empresa mencionada.

Durante el procedimiento conducido por la Comisión de Huancayo, se verificó que la compañía había incumplido con su deber de proporcionar información esencial sobre sus servicios, incluyendo precios y horarios, en concordancia con lo establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

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La Resolución N.° 456-2024/INDECOPI-JUN ha sido apelada por la empresa y será evaluada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi. La decisión de la primera instancia es pública y puede ser consultada en el siguiente enlace:

Indecopi multó a empresa de transporte por omitir información d precios. Foto: Difusión
Indecopi multó a empresa de transporte por omitir información d precios. Foto: Difusión

Indecopi multa a Real Plaza Cusco

En segunda instancia administrativa, la Comisión de la Oficina Regional del en Cusco (ORI Cusco) confirmó una sanción de S/52,530 (10.2 UIT) a Real Plaza S. R. L. por no responder a dos reclamos presentados por un cliente.

De acuerdo con el Indecopi, Real Plaza Cusco no respetó los lineamientos que exige el Código de Protección y Defensa del Consumidor, específicamente, en su artículo 24°1.

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A detalle, dicho artículo establece que los proveedores están obligados a atender los reclamos presentados por sus consumidores y brindar una respuesta en un plazo no mayor a 15 días hábiles improrrogables.

Fueron dos veces en las que Real Plaza cometió este llamado, pese a que el ciudadano adquiriera un producto en su tienda online.

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