El Poder Ejecutivo oficializó hoy un decreto legislativo con la finalidad de actualizar el marco normativo sobre control e investigación de insumos químicos y delitos conexos.
Esta medida se oficializa a través del Decreto Legislativo 1600, publicado en el boletín de Normas Legales de El Peruano.
En tal sentido, la actualización se da por medio de la modificación de los artículos 4, 10, 11, 30, 39-A y 40 del Decreto Legislativo que establece medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas.
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Para ello, se dispone las competencias de los organismos involucrados, en el caso de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), deberá implementar, desarrollar y mantener el registro, así como ejercer el control y fiscalización de los bienes fiscalizados.
También, encargarse del control y fiscalización, entre otros, de la documentación que contenga la información sobre el empleo de los bienes fiscalizados y de aplicar sanciones administrativas; y atender las consultas sobre el sentido y alcance del presente decreto legislativo, en los temas de su competencia.
Mientras que la Policía Nacional del Perú (PNP) deberá participar conjuntamente con la Sunat en las acciones de control y fiscalización sobre los bienes fiscalizados, de acuerdo con el nivel de riesgo de los insumos químicos y productos fiscalizados, y las consideraciones determinadas en el reglamento.
De igual modo, realizará las verificaciones, constataciones y diligencias pertinentes en los establecimientos y domicilio legal de los usuarios de bienes fiscalizados, en prevención del desvío de sustancias químicas controladas o no controladas o tráfico ilícito de insumos químicos y productos fiscalizados.
Suspensión e inspecciones
El decreto también determina que, como medida precautelatoria, a solicitud de la Sunat o del Ministerio Público, el juez penal competente puede disponer la suspensión de la inscripción en el registro cuando el usuario o alguno de sus accionistas, socios e integrantes, representantes legales o directores y responsables del manejo de los bienes fiscalizados, “se encuentren involucrados en una investigación por comercio clandestino vinculado a bienes fiscalizados o tráfico ilícito de drogas o delitos conexos”.
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De otro lado, refiere que la Sunat realiza las inspecciones con la finalidad de verificar el uso de los bienes fiscalizados, para lo cual requiere la intervención de la Policía Nacional del Perú, cuando corresponda. Para ello, los usuarios facilitan el ingreso a sus instalaciones y proporcionan la documentación relativa.
También se actualiza lo referente al establecimiento de rutas fiscales y puestos de control; el abandono de los bienes fiscalizados; y sobre la destinación de los insumos químicos y productos fiscalizados y sustancias químicas halladas y recogidas o decomisadas por la PNP.
Asimismo, se dispone que el decreto sea publicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano, y en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Ministerio del Interior, el mismo día de su publicación en El Peruano.