El Congreso de la República emitió hoy una norma que amplía la vigencia del Documento Nacional de Identidad (DNI) a 10 años para los mayores de edad, con el objetivo de fortalecer el derecho fundamental a la identidad en nuestro país.
La Ley N° 32237, publicada en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano, modifica el artículo 37 de la Ley 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil en la cual establece que “el Documento Nacional de Identidad (DNI) de mayores de edad tiene validez por diez años y se renueva por el mismo periodo”.
Asimismo, para los menores de 12 años, el documento tendrá una validez de tres años, renovable por igual periodo, mientras que para los niños y adolescentes mayores de 12 años, el documento será válido hasta los 17 años.
Además, la ley introduce otros cambios importantes en la emisión gratuita del DNI en casos específicos como:
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- Actualización de la fotografía del menor de edad que se encuentre en situación de pobreza o de pobreza extrema.
- Rectificación o renovación del DNI de la persona mayor de edad que incluya de manera afirmativa su condición de donante de órganos y tejidos, con fines de trasplante o injerto, después de su muerte.
- Los que considere pertinentes para atender la necesidad de documentación de la población y que autoriza mediante resolución jefatural.
Este ajuste en la normativa busca agilizar los trámites y asegurar una mayor accesibilidad a la documentación oficial en diversas circunstancias, sin implicar un costo adicional para los ciudadanos que se encuentren en situaciones vulnerables.
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