Pistola eléctrica. (Foto: Difusión)
Pistola eléctrica. (Foto: Difusión)
Redacción Gestión

Este lunes 24 de abril se promulgó la Ley N° 32312 que autoriza el uso de armas de electrochoque por parte del personal de serenazgo municipal como medio de defensa en la lucha contra la

La modifica el artículo 20, para establecer que entre los medios de defensa que pueden usar los serenos, según los recursos de cada municipalidad, se encuentra la pistola eléctrica o de electrochoque, teniendo como finalidad prevenir y disuadir la comisión de y faltas que atenten contra la seguridad ciudadana, respetando los derechos fundamentales de las personas.

Precisa además que los serenos que usen estos dispositivos en el ejercicio de sus funciones deben ser previamente capacitados en el uso de la pistola eléctrica o de electrochoque, lo que incluye entrenamientos en campo, polígonos de tiro y simuladores.

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Asimismo, dispone que el evalúe si el uso de la pistola eléctrica o de electrochoque debe ir obligatoriamente acompañado con cámaras de vídeo corporales activas.

La cuarta disposición transitoria dispone además que el personal que, en el cumplimiento de sus funciones y haciendo uso de un medio de defensa en forma reglamentaria, cause daño contra la vida, el cuerpo y la salud, está exento de responsabilidad penal.

El pasado sábado, la presidenta firmó esta autógrafa de la referida ley en una ceremonia en la que tomó juramento a miles de integrantes de juntas vecinales de todos los distritos de Lima y Callao .

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