El Gobierno observó la autógrafa de ley que que modificaba la Ley N° 31297, Ley del Servicio de Serenazgo Municipal; la cual permitía que sus miembros usen armas no letales durante su trabajo.
Entre los argumentos, el Ejecutivo manifestó que el uso de este tipo de armas no letales, menos letales o potencialmente letales, aun cuando tengan el propósito de disuadir, defender o proteger, son instrumentos potencialmente letales, por lo que su incorporación en el texto de la ley debe corresponderse con los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, regulados en los instrumentos internacionales.
Además, recordó que por mandato constitucional solamente la Policía Nacional del Perú (PNP) puede hacer uso de la fuerza para el cumplimiento de la función policial.
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En esa línea, el documento remitido por el Ejecutivo al Congreso, incluye que “no resulta viable que las Fuerzas Armadas estén a cargo de las capacitaciones a los serenos municipales, por cuanto, el tipo de capacitación que reciben los miembros de las instituciones armadas (...) dista mucho de las funciones preventivas y disuasivas del personal del Serenazgo Municipal y no tiene relación con la seguridad ciudadana”.
Cabe recordar que el pasado 17 de abril, el ministro del Interior, Vicente Romero, opinó a favor de dotar a miembros del serenazgo con armas menos letales, “como el chaleco (antibalas), gas pimienta y otra herramienta más, para poder darle al sereno y sean parte de su equipo para poder defenderse de estas hordas criminales”, señaló en una actividad oficial en Surco.
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