Un total S/ 975′851,279 transfirió el Ejecutivo a la Autoridad Nacional del Agua (ANA) para la ejecución de actividades de limpieza y descolmatación en los cauces de ríos y quebradas ubicados en siete regiones del país como medida de prevención ante lluvias intensas y un posible evento del Fenómeno El Niño global.
A través del Decreto de Urgencia 015-2023, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, se dictan medidas extraordinarias para la ejecución de intervenciones ante peligro inminente por intensas precipitaciones pluviales y posible Niño global.
¿En qué regiones tendrá alcance estos recursos?
En la norma se precisa que se tratan de acciones en materia económica y financiera, que permitan a la Autoridad Nacional del Agua a intervenir de manera inmediata en siete regiones: Áncash, La Libertad, Lambayeque, Lima, Piura, Tumbes e Ica.
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Las citadas regiones fueron declaradas en estado de emergencia por peligro inminente ante fuertes lluvias (período 2023-2024) y posible El Niño global.
¿Qué deberá ejecutar la ANA?
El decreto precisa que se autoriza a la Autoridad Nacional del Agua a ejecutar actividades de limpieza y descolmatación en los cauces de ríos y quebradas; a elaborar expedientes técnicos y ejecutar intervenciones para la implementación de estructuras en quebradas; a adquirir maquinarias, vehículos, equipos, insumos y servicios para la ejecución de labores directas de preparación y respuesta; para la preparación y respuesta destinadas a reducir los riesgos, vulnerabilidades, daños o impacto, en Áncash, La Libertad, Lambayeque, Lima, Piura, Tumbes e Ica.
Detalla que las autorizaciones previstas para la limpieza y descolmatación de cauces de ríos y quebradas, comprenden aquellos tramos en los que existan estructuras de cruce (puentes y alcantarillas) en vías no concesionadas, y estructuras de captación de agua con fines poblacionales (bocatomas, galerías de filtración), incluyendo la estructura circundante y estructuras de paso en cauce de ríos y quebradas (huaros).
En estos casos, la Autoridad Nacional del Agua coordina con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la entidad competente que se requiera, las que deben brindar asistencia técnica para la ejecución de las actividades señaladas en el presente numeral.
¿Transferencia económica qué permite adquirir?
El Decreto de Urgencia que autoriza la transferencia de S/ 975, 851,279 soles a favor de la Autoridad Nacional del Agua (ANA), precisa que los recursos transferidos no financia actividades de capacitación, asistencia técnica y seguimiento.
La norma autoriza a la ANA a realizar la adquisición de maquinaria, repuestos, torres de iluminación y unidades vehiculares; adquirir seguro de maquinaria y demás bienes; alquilar maquinaria, servicio de limpieza y descolmatación en cauces de ríos y quebradas; y adquirir suministro de petróleo, gasolina, aceites y lubricantes.
También, adquisición de contenedores; elaboración de estudios para la instalación de estructuras de protección en quebradas; adquirir servicio de vigilancia para campamentos de maquinaria o instalaciones que se utilicen para el resguardo de estos bienes; y ejecución de obras para protección de quebradas que incluye barreras dinámicas y diques.
La norma lleva la firma de la presidenta de la República, Dina Boluarte; y es refrendada por el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola; y por los ministros de Economía y Finanzas, Alex Contreras; y de Desarrollo Agrario y Riego, Nelly Paredes.
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