Feriados. (Foto: difusión)
Feriados. (Foto: difusión)

Tras los feriados por Fiestas Patrias, muchos aprovecharon el lunes 28 y martes 29 de julio para viajar o descansar. Sin embargo, este nuevo mes de agosto también trae fechas libres que debes tener en cuenta si trabajas en el .

De acuerdo con el Decreto Legislativo N° 713, agosto contempla dos feriados nacionales: el miércoles 6 de agosto, en conmemoración de la Batalla de Junín; y el miércoles 30 de agosto, en honor a Santa Rosa de Lima.

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¿Qué pasa si trabajas en feriado?

Si tu requiere que trabajes en alguno de estos días (ya sea de forma presencial o remota), la ley contempla dos escenarios:

  • Con compensación: Si te dan otro día libre en reemplazo del trabajado, no hay pago adicional.
  • Sin compensación: Tienes derecho a recibir tres pagos: uno por el feriado (remuneración regular), otro por el trabajo realizado y un adicional del 100% (sobretasa legal).

¿Y si no te pagan lo que corresponde?

En caso de incumplimiento, puedes presentar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral . Esta falta se considera muy grave y la multa dependerá del tamaño de la empresa y del número de trabajadores afectados.

Calendario de próximos feriados y días no laborables

  • Miércoles 6 de agosto: Conmemoración de la Batalla de Junín
  • Miércoles 30 de agosto: Santa Rosa de Lima
  • Domingo 8 de octubre: Combate de Angamos
  • Viernes 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
  • Lunes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
  • Martes 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad
  • Viernes 26 de diciembre: Día no laborable (sector público)
  • Jueves 1 de enero: Año Nuevo
  • Viernes 2 de enero: Día no laborable (sector público)

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