Visa. (Foto: Freepik)
Visa. (Foto: Freepik)

El exonera del requisito de en la calidad migratoria de negocios, para el ingreso a territorio peruano, a los nacionales de la República de , titulares de pasaportes ordinarios válidos y vigentes.

La disposición se da mediante el .

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El plazo máximo de permanencia en el territorio peruano autorizado es de hasta 90 días calendario, contados desde la fecha de ingreso al país, sea como visita continua o visitas consecutivas, durante el plazo de un año.

El presente decreto entra en vigor el 12 de agosto del 2025.

Finalmente, la norma es refrendada por el y la presidenta Dina Boluarte.

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