El expresidente Martín Vizcarra durante una audiencia judicial en Lima, donde el juez Jorge Chávez Tamariz dictó cinco meses de prisión preventiva en su contra por los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua. Foto: GEC.
El expresidente Martín Vizcarra durante una audiencia judicial en Lima, donde el juez Jorge Chávez Tamariz dictó cinco meses de prisión preventiva en su contra por los casos Lomas de Ilo y Hospital de Moquegua. Foto: GEC.

El expresidente tras la decisión del juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, Jorge Chávez Tamariz. El magistrado declaró fundado el pedido del Ministerio Público en el marco del , al concluir que “existe peligro procesal, peligro de fuga, sustentando en falta de arraigo laboral y familiar, un comportamiento cuestionable y una pena posible a imponer”.

El abogado penalista César Nakazaki, defensor en el pasado de otros exmandatarios, considera que esta medida incrementa de forma significativa la probabilidad de que Vizcarra reciba una condena.

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“Sobre el recurso de apelación, dudo mucho que la sala revoque la prisión preventiva, pero su problema más grave es que esto eleva en un alto porcentaje lo que todos vienen analizando: que el juicio termine con una sentencia condenatoria. Si se le ha dictado una prisión preventiva porque se dice que hay sospecha grave y un alto porcentaje de prueba, eso probablemente se termine confirmando luego. Es 90% probable que Vizcarra reemplace la prisión preventiva con una sentencia condenatoria”, afirmó en el programa Cuentas Claras, de Canal N.

Metodología y solidez del caso

Para César Nakazaki, la resolución del juez Jorge Chávez Tamariz no se limitó a verificar la existencia de un riesgo procesal, sino que también abordó el contenido mismo del caso. Explicó que el magistrado partió de antecedentes en los que ya se había reconocido una “sospecha fuerte” de delito y, sobre esa base, revisó qué nuevos elementos se habían incorporado desde entonces. Este examen lo llevó a identificar diversas pruebas recientes obtenidas durante el desarrollo del juicio.

El penalista resaltó, además, el desempeño del fiscal Germán Juárez, recordando que “ha logrado llevar a prisión a dos expresidentes” — y ahora Martín Vizcarra—, lo que a su juicio merece un reconocimiento al trabajo del Ministerio Público.

César Nakazaki, abogado penalista, analiza la decisión judicial que impuso prisión preventiva al expresidente Martín Vizcarra y su posible impacto en la sentencia final. Foto: Archivo GEC.
César Nakazaki, abogado penalista, analiza la decisión judicial que impuso prisión preventiva al expresidente Martín Vizcarra y su posible impacto en la sentencia final. Foto: Archivo GEC.

Pruebas cuestionadas y peligro de fuga

A juicio de Nakazaki, el elemento determinante en la resolución fue el nivel de detalle con el que el magistrado evaluó las pruebas presentadas. Según explicó, el juez Chávez Tamariz determinó que la documentación aportada carecía de autenticidad y había sido elaborada con el propósito de eludir el accionar de la justicia, lo que, en su criterio, constituye un indicio claro de riesgo de fuga.

“Pruebas fabricadas para tratar de sostener que no hay peligro procesal cuando en el fondo lo hay. Si tú creas pruebas para engañarle a la justicia ese es el mejor indicador que presentas peligro procesal“, indicó.

Sobre el “comportamiento cuestionable” al que se refirió el juez, Nakazaki precisó que no está vinculado a la actividad política de Vizcarra, sino a la fabricación de pruebas. “Discutir si él podía realizar una actividad política no es un tema en el cual el juez Chávez Tamariz haya querido entrar… yo creo que va más por lo que ha dicho: todo lo de trabajo y actividades está fabricado y eso ha sido para engañar a la justicia”, remarcó.

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Respecto a las , sobre un supuesto adelanto de decisión por parte del juez, Nakazaki explicó que no existen indicios de parcialidad.

También desestimó el argumento de un presunto conflicto de intereses por el trabajo de la esposa del juez en la comisión Lava Jato. “Lavado de activos es otro sistema y no hay ningún impedimento para que un juez sea esposo o esposa de un magistrado (…) Si tuviese ese cuestionamiento el mecanismo legal se llama recusación, no hacer una crítica a nivel de medios”, enfatizó.

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