A propósito de que nos encontramos en la víspera de Año Nuevo 2024, fecha en la que los extranjeros suelen regresar a sus países para disfrutar de dicha fiesta o por vacaciones, es importante recordar los aspectos migratorios que deben de tener en cuenta al momento de salir del país.
“Los ciudadanos extranjeros que requieran salir del país y se encuentren tramitando su Cambio de Calidad Migratoria, Prórroga de Residencia, Permiso Temporal de Permanencia RS109, Regularización de Extranjeros o Prórroga de Permanencia deberán de gestionar una autorización de estadía fuera del país o permiso especial de viaje, a fin de no perder el trámite que están realizando”, indica Rosalía Martínez, asociada del estudio Miguel Mur & Abogados.
En ese sentido, Martínez explica que el permiso especial de viaje es una autorización emitida por Migraciones que permite la salida del país al extranjero que se encuentra realizando cualquiera de los trámites antes descritos.
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“Esta autorización se otorga por 30 días calendario a partir de la fecha de salida del país que indique la persona. En caso de exceder los 30 días del permiso solicitado, perderá el trámite que está realizando”, explica Martínez
¿Cuáles son los detalles del permiso?
Es clave que tengas en cuenta que dicho permiso debes solicitarlo como máximo 48 horas antes del viaje. Es decir, si viajas el 30 de diciembre del 2023, deberás gestionarlo el 28 de dicho mes.
Adicionalmente, debes tener presente que en el caso de que la hora del vuelo sea entre la medianoche y las 03:00 am, deberás generar tu autorización de estadía fuera del Perú, considerando un día anterior.
“Por ejemplo, si tu vuelo está programado para el día 30 de diciembre del 2023 a las 00:30 am, deberá indicar como fecha de inicio de su permiso el día 29 de diciembre del 2023″, detalla Martínez.
Debes recordar que, a partir del nuevo TUPA de Migraciones, publicado el 22 de octubre del 2023, el permiso de viaje es gratuito, por lo que no se requiere el pago de alguna tasa.
Otro aspecto importante de este permiso es que solo puedes utilizado una vez, por lo que si se requieres volver a salir del país, deberás gestionar otra vez un permiso nuevo
Certificados
Por otro lado, en caso seas trabajador residente, al momento de salir del país, deberás presentar tu certificado de rentas y retenciones en el control migratorio, el mismo que es emitido por tu empleador.
Por lo tanto, para salir del país, deberás encontrarte dentro del territorio nacional y en situación migratoria regular, ya sea como turista o con alguna visa, ya que si no cuentas con dicha condición, tendrás que pagar una multa por exceso de permanencia, la cual será requerida y calculada en el control migratorio correspondiente.
Finalmente, también debes considerar que para salir del país deberás tener vigentes tus documentos de identificación (pasaporte o carné de extranjería), a fin de evitar inconvenientes en el control migratorio.
“Por tanto, la recomendación es verificar las fechas de vigencia de dichos documentos y realizar las renovaciones correspondientes con anticipación”, puntualiza Martínez.