Sunass ajusta procedimientos que deben cumplir empresas prestadoras para garantizar adecuada cloración del agua. Foto: Sunass.
Sunass ajusta procedimientos que deben cumplir empresas prestadoras para garantizar adecuada cloración del agua. Foto: Sunass.
Redacción Gestión

Las 50 empresas prestadoras de potable del país tendrán que ajustar y mejorar sus procedimientos de cloración con el fin de brindar un servicio óptimo y de calidad a los usuarios, tras la publicación, en el diario oficial El Peruano, de la modificatoria del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento, informó la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento ()

Detalló que esta modificación normativa tiene cinco aspectos relevantes que las empresas de tendrán que considerar de manera obligatoria:

- Incorporar puntos de muestreo a la salida del proceso de filtración y del proceso de desinfección.

- Mantener un stock mínimo de desinfectante por al menos 15 días y contar con un registro del personal que esté a cargo de la desinfección del agua.

- Implementar tecnología que permita realizar el control de la desinfección del agua de forma remota, con la finalidad de dar una respuesta rápida en aquellos casos en donde el cloro residual no cumpla con lo establecido por la autoridad de salud.

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- Incorporar puntos estratégicos de muestreo para que las tomas que se realicen sean representativas de la calidad del agua que se entrega.

- Remitir información trimestral a la para calcular el Índice de Evaluación del Agua Producida en el Sistema de Distribución.

Sunass ajusta procedimientos que deben cumplir empresas prestadoras para garantizar adecuada cloración del agua. (Foto: GEC)
Sunass ajusta procedimientos que deben cumplir empresas prestadoras para garantizar adecuada cloración del agua. (Foto: GEC)
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Asimismo, se ha establecido un procedimiento para que la actúe de manera inmediata cuando se adviertan indicios de que el nivel de cloro residual se encuentre por debajo de los 0.5 miligramos por litro, límite mínimo permitido por la normativa, explicó.

Cabe precisar que una cantidad de cloro superior al 0.5 mg/l garantiza la inocuidad del agua para el consumo humano, lo que contribuye a la prevención de enfermedades, evita la contaminación al contacto con alimentos u otros elementos y asegura una higiene adecuada.

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