¿El remedio es peor que la enfermedad? La inseguridad ciudadana en el país es una de las preocupaciones de los peruanos. Ante ello, en el Congreso se han debatido distintas iniciativas para combatirla, entre ellas, el uso de armas en legítima defensa. Sin embargo, expertos cuestionan esta propuesta, que recientemente fue aprobada en el Pleno del Congreso, porque abre el camino a la impunidad para el asesinato; viejas costumbres del Congreso.
Contexto. El Pleno de Congreso aprobó la semana pasada, por mayoría, el proyecto de ley 5257/2022-CR que exonera de responsabilidad penal en casos de legítima defensa, con el objetivo de dar protección jurídica a la víctima de un robo o asalto a mano armada.
“El fin es dar protección legal a aquellos individuos que defienden la inviolabilidad de su hogar, vehículo y lugar de trabajo o negocio, ante un atentado contra la integridad personal o de su entorno familiar”, dice la iniciativa.
Es posible que el Congreso en su afán de tener buenas intenciones con la iniciativa, se interese por viejas costumbres como es el efecto cobra, es decir, en un intento de dar una solución a un problema en realidad lo empeora; expertos comentan al respecto.
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Ya no se trata de “si tu vida corre peligro”
De acuerdo a la norma, promovida por la congresista Patricia Chirinos (RP), la persona que use el arma para evitar el ingreso violento de un desconocido a su hogar, negocio, vehículo o inmueble de su propiedad: está exento de responsabilidad penal.
También, cuando esté amenazado con explosivos, armas de fuego o réplicas o arma blanca, que puedan causarle daño a él o a sus parientes. Asimismo, si existe una superioridad numérica.
El ex director de seguridad ciudadana del Ministerio del Interior - Mininter, Enrique Castro, afirmó que la referida norma ya existía en el código penal, solo que ahora no basta que corra peligro tu vida para usar el arma, también si amenazan tu “territorio”.
“Si entran a tu cochera a robarse la llanta de tu auto, ¿tienes que matarlo?, no hay proporcionalidad en la norma”, cuestionó.
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También, consideró que la norma puede generar confusión por los condicionantes que se le agrega. “La norma dice que el propietario de la casa puede usar el arma en legítima defensa, pero ¿el que alquila?. Entonces, cuánto más específica intenta ser la ley, mayores obstáculos pone para entregar soluciones en la realidad.”, sostuvo.
En la misma línea, coincide Luis Lamas Puccio, abogado penalista y socio fundador de Lamas Puccio & Abogados. “Esta propuesta legislativa al hacer tantas descripciones en la práctica va generar mayor confusión” comentó a Gestión.
Asimismo, agregó qué “la norma está ampliando un espectro que no tiene nada que ver con la legítima defensa”.
Y es que, para el experto, determinar si el acto fue en legítima defensa, le compete al fiscal y a la policía.
“A través de las pericias, pruebas y testigos se demostrará si efectivamente fue por defensa propia o un homicidio, ya que no puedes hacer un uso indiscriminado de las armas bajo el pretexto de la legítima defensa”.
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Sin prisión preventiva
En el dictamen hay un cambio en el artículo 21 del código penal, ya que establece la no aplicación de la responsabilidad restringida, es decir, la prisión preventiva. Sin embargo, a partir de aquí, expertos en materia penal y seguridad ciudadana, consideran que la norma resta ciertas atribuciones que debe tener el fiscal y el juez en los casos particulares.
“La norma no puede anteceder a un prejuicio antes de ver el caso, es decir, si usa el arma para defenderse no tiene prisión preventiva”, dijo el abogado y ex funcionario del Mininter.
Para Lamas existe una injerencia en la labor judicial. “Tú no le puedes prohibir a un juez, bajo determinadas circunstancias tenga que decidir una comparecencia o una detención, esa es una atribución exclusiva del poder judicial”.
“Si se produce una muerte de la persona, lo mínimo que se debe hacer, al que atentó contra la vida de esa persona, por defensa propia, es llevarlo a la comisaría para que de una explicación; tampoco no lo están mandando a un penal para que cumpla 36 meses de prisión”, sostuvo.
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Impunidad para el asesinato
Lamas afirmó que esta norma fortalecerá la impunidad, desorden y pondrá en riesgo a todos los ciudadanos; en vez de solucionar un problema, lo empeora. “Cualquiera de nosotros podemos estar involucrados en un hecho y terminamos agredidos a balazos”, dijo el socio fundador de Lamas Puccio & Abogados.
A su turno, el ex funcionario del Mininter, señaló que “esta ley es aumentar la compra de armas de fuego dentro de los hogares”. En ese sentido, prevé que se corre el riesgo de un aumento de muertes o heridos ante cualquier situación de defensa de la propiedad.
También mencionó que en nuestro país, la mayoría de personas no está capacitada al 100% para utilizar un arma de fuego. “Un porcentaje importante de civiles no sabe usar su arma de fuego y termina siendo victimizado por su propia arma”, afirmó Vargas.
Al respecto, Lamas recomendó que la concesión de la licencia de arma debe requerir cursos de capacitación sobre el uso de armas en tema de legítima defensa. “El que tiene licencia para portar armas, por lo menos debe tener nociones básicas sobre legitima defensa en el escenario de violencia que vivimos”, explicó.
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Para Harold Castillo, abogado penalista, la norma no genera ningún cambio y solo hace precisiones, pero podría ser mal entendida por el ciudadano común. “En vez de generar seguridad ciudadana podría ser todo lo contrario”, dijo a Gestión.
El especialista resaltó que dicha norma no indica que la persona que usó el arma y disparó a su agresor por legítima defensa no va ser investigado, sino, todo lo contrario, pues servirá para acogerse a la exoneración de la responsabilidad penal. “Caso por caso se va a tener que determinar si esa excusa que uno tiene es valedera o no”, argumentó.
Terrorismo urbano
Respecto al proyecto de ley sobre “Terrorismo urbano” que aprobó el Consejo de Lima, el exfuncionario del Mininter que es un caso más de demagogia punitiva. “Aumentar las penas no va a reducir la criminalidad”.
En esa línea cuestionó que esta medida también discrimina a las zonas rurales, donde también hay ese nivel de violencia y crimen organizado.
“En las zonas rurales existen mercados criminales muy importantes como son la minería ilegal, la tala ilegal de árboles, la apropiación de tierras. Han matado a casi 20 defensores de derechos humanos en los últimos años”, lamentó.
En otro momento, el exfuncionario del Mininter mencionó que la solución al problema de inseguridad ciudadana no solo debe ser carácter normativo, también con medidas ejecutoras.
“Hay que hacer intervenciones mancomunadas, no solo un distrito (SMP o SJL) sino todo Lima Norte y Lima este; con medidas de carácter preventivo, psicosocial, familiar e individual”, explicó.
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Egresado en Periodismo en la Universidad de San Martin de Porres y estudios en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Tiene más de 2 años de experiencia profesional. Laboró en Diario El Gobierno como redactor de Economía. Desde el 2023 es parte de Gestión.
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