El Poder Ejecutivo presentó al Congreso de la República un proyecto mediante el cual se busca otorgar una asignación mensual especial a favor de los comandos militares que participaron en el operativo Chavín de Huántar, del 22 de abril de 1997.
La iniciativa tiene el objetivo de reconocer la labor que realizaron los comandos en las acciones desplegadas en el rescate de las 72 personas que se encontraban en condición de rehenes en la residencia del embajador de Japón.
“Tenemos el agrado de dirigirnos a usted, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 107° de la Constitución Política del Perú, a fin de someter a consideración del Congreso de la República, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, el Proyecto de Ley que otorga una asignación especial mensual a los comandos militares participantes del Operativo Militar Chavín de Huántar (...) La finalidad de la Ley es reconocer la labor que realizaron los comandos militares participantes en el Operativo Militar Chavín de Huántar por las acciones desplegadas en el rescate de 72 personas que se encontraban en condición de rehenes en la residencia del embajador de Japón”, se lee el documento.
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¿Cuánto es el monto que percibirán los ex miembros del Operativo Militar Chavín de Huántar?
La asignación propuesta por el Gobierno es de S/ 2,550 mensuales para cada uno de los comandos, los mismos que serán identificados por el Ministerio de Defensa (Mindef). No obstante, este beneficio económico no será aplicable al personal militar que recibe bonificación mensual establecida en los artículos 5 y 10 de la Ley n° 24053.
“La presente Ley resulta aplicable a los comandos militares que participaron en el Operativo Militar Chavín de Huántar, los mismos que son identificados por el Ministerio de Defensa”, dice el proyecto.
¿Quiénes recibirán este beneficio especial?
La propuesta señala que este beneficio lo podrán recibir los comandos militares quienes hayan participado en el Operativo Militar Chavín de Huántar. Además, de ser identificados por el Ministerio de Defensa.
“La presente Ley resulta aplicable a los comandos militares que participaron en el Operativo Militar Chavín de Huántar, los mismos que son identificados por el Ministerio de Defensa”, se lee en el documento.
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Excluye a sentenciados
En las disposiciones complementarias finales se precisa que la ley que establece la mencionada asignación mensual especial no será aplicable “a las personas que tengan sentencia firme condenatoria por la comisión de delitos dolosos”.
Además, indica que la cartera de Defensa deberá establecer el procedimiento para identificar a los beneficiaros de la asignación, el cual deberá ser aprobado mediante resolución ministerial.
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