Los programas de educación superior universitaria en el Perú pueden impartirse en gran parte bajo la modalidad virtual –a distancia-, pero no en su totalidad, de acuerdo con la Ley Universitaria 30220, promulgada en el 2014. Si bien esta restricción apunta a garantizar la calidad educativa, también impide a las instituciones atender la demanda de quienes no tienen las posibilidades de asistir a los centros de estudio, por razones de ubicación geográfica u ocupación. ¿La situación podría cambiar?
Fernando Barrios, presidente fundador de la Corporación Educativa Continental, sostiene que la exigencia de un porcentaje de clases presenciales impide a las instituciones atender la demanda de personas que trabajan o personas con discapacidad, que son quienes más requieren esta modalidad.
“En cuanto a educación a distancia, estamos completamente rezagados en el contexto latinoamericano. Creo que la Ley Universitaria, que se dio para resolver el problema de la asimetría de la calidad en ese momento, fue muy restrictiva en cuanto a educación a distancia, porque partió de paradigmas que no son necesariamente ciertos y que van cambiando con el tiempo. Hoy la tecnología brinda herramientas y software que permite el aseguramiento de la calidad”, dijo a Gestion.pe.
De acuerdo con dicha ley, los programas de educación a distancia no pueden superar el 50% de créditos del total de la carrera bajo la modalidad a distancia; y los estudios de maestría y doctorado no pueden ser dictados exclusivamente a distancia.
“Se parte de un prurito de sospechas de que la educación a distancia es de menor calidad, cuando en el mundo está demostrado desde hace mucho tiempo que eso no es así. Se exige que el 50% de las clases sean presenciales. Entonces ya no es a distancia, lo que se está haciendo es disminuir a la mitad el problema, pero la persona que trabaja o la persona con discapacidad no resuelven su problema de esa manera”, explicó.
Barrios manifestó que del 1’300,000 estudiantes universitarios en el país, solo unos 130,000 están inscritos a una de las modalidades de programas para adultos (a distancia o semipresencial). “Nuestra oferta es muy tradicional, menos del 10% es atendida mediante estas modalidades. En otros países de la región, 35% o 40% se atiende mediante estas modalidades”, agregó.
Según sostiene, flexibilizar las exigencias a los programas a distancia contribuiría a incrementar el porcentaje de acceso de a la educación superior universitaria en el país, que es de alrededor de 32%.
Por su parte, el exministro de Educación Idel Vexler, señaló que en estas restricciones fueron incluidas en la Ley Universitaria debido a que antes de su elaboración “había un relajamiento en muchos programas de maestrías, doctorados y licenciaturas que se dictaban de forma online y se vio la necesidad de regular esto”.
“Pero los justos pagan por los pecadores. Es cierto que había programas que no debían funcionar. Pero ahora se ven muchos programas online de licenciaturas, maestrías y doctorados que se imparten con mucha garantía de calidad. Habría que estudiar una modificación a la ley para asegurar la calidad”, agregó.
Desde su punto de vista, antes de brindarse autorización a un programa, tendría que verificarse que reúna los requisitos, que tenga adecuados sílabos, módulos y exámenes preparados, además de un trabajo de discusión entre miembros de grupos online.
En tanto, el investigador de Grade Hugo Ñopo considera que hay un sentido para exigir un mínimo de clases presenciales en los programas universitarios, porque de lo contrario se podrían generar problemas de regulación.
“El limitante es la manera de garantizar los aprendizajes de los estudiantes. Ya hemos pasado por varias épocas en las que creíamos que con la tecnología íbamos a revolucionar la educación y los resultados nos dijeron lo contrario (…). Este es un problema que no tiene una solución única, toca ir descubriendo en el camino cuál es la mejor ruta”, sostuvo.