Según la jueza Elvira Álvarez Olazábal, los actos de discriminación, basados en motivos raciales, religiosos, nacionalidad, edad, sexo, entre otros., podría recibir una sentencia de hasta cuatro años de pena privativa de libertad.
“Hay más de 50 pueblos indígenas en el país y más de la mitad de su población está constituida por mujeres, adolescentes y niñas que sufren sobre todo el drama de la discriminación por las instituciones y de sus conciudadanos”, refirió.
En ese sentido, la magistrada recalcó que la discriminación es un delito cuya sanción se impone a la persona que discrimine por cualquier motivo a algún ser humano.
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Explicó Álvarez Olazábal que los denunciados o denunciadas, de comprobarse el ilícito, pueden recibir sanción penal mediante el sistema de justicia y de tipo administrativa a través de la autoridad del Indecopi, que ve las conductas a nivel privado.
La jueza señaló que, de acuerdo a la gravedad de la conducta de discriminación, la sanción puede llegar a entre dos y tres años de pena de privativa de libertad como a la prestación de jornadas comunitarias.
Asimismo, si son funcionarios que incurren en este tipo de discriminaciones, la pena es de dos años a cuatro años de pena privativa de libertad con la inhabilitación correspondiente para el ejercicio de la función pública, precisó Álvarez Olazábal.
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