Manuel Pulgar Vidal, abogado ambientalista y exministro del Ambiente, señaló a TVPerú que el marco legal para enfrentar un problema de esta naturaleza tiene distintos frentes. “De inmediato nos tenemos que referir al marco que regula todo el proceso de fiscalización para una actividad de esta naturaleza y qué tal ha funcionado porque si hablamos de una actividad de descarga de crudo en el mar hacia instalaciones en tierra tenemos tres autoridades en especial: El OEFA, el Osinergmin y la Dicapi. Por lo tanto, hay protocolos y planes de contingencia”.
El exministro del Ambiente reitera que estos procedimientos deben ser transparentes. “Tenemos que ver que tanto la fiscalización ha sido capaz de verificar que la empresa tenía su equipamiento, el personal y si podía ejecutar e implementar una respuesta rápida”, enfatiza, “la evidencia nos muestra que eso no existía”.
Pulgar Vidal también hace hincapié en las declaraciones de la gerente de relaciones institucionales de Repsol, deslindándose de responsabilidad con lo ocurrido y culpando a la Marina de Guerra del Perú. “Eso no solo es inaceptable, sino que muestra una ignorancia sobre el marco legal porque en cuestiones de responsabilidad ambiental la Ley General del Ambiente señaló que esta responsabilidad es objetiva. Significa que cuando tú manejas una instalación o eres titular de una actividad económica que puede ser riesgosa, estás obligado y eres responsable aun cuando no exista dolo porque justamente manejas una instalación peligrosa”.
Dicho esto, el abogado sostiene que “si tienes una capacidad coercitiva como Estado, pero no disuasiva, imponiendo multas o exigiendo que se cumplan las medidas, lo que generas es impunidad. La multa tiene que ser siempre disuasiva”, afirma.
También se hizo referencia a los diferentes puertos y operaciones que no solo se presentan en nuestro litoral sino en la Amazonía. “Cuando hablamos de la Amazonía y hablamos de una actividad como el petróleo, el gran problema que tenemos es un oleoducto muy mal mantenido, bastante obsoleto. Un oleoducto que sufre procesos de corrupción y también muchas veces actos de vandalización con el fin de obtener un tipo de beneficio. Por lo tanto, frente al oleoducto norperuano que bombea crudo desde Trompeteros hasta Talara necesita una fiscalización, pero constante. En el Perú, la fiscalización es un gran vacío para los gobiernos regionales y locales”, agrega Pulgar Vidal.
El abogado ambientalista asevera que la OEFA tiene la estabilidad necesaria, pero a su vez tiene la capacidad de imponer un monto máximo de multa de 30,000 UIT que es uno bastante disuasivo. “Estamos hablando de un monto máximo de S/140 millones, pero Osinergmin que tiene la capacidad de imponer un monto máximo de multa de 600 UIT no es nada disuasivo y el sector Energía y Minas nunca ha querido resolver ese problema”.
Por otro lado, Kike Figueroa, director de pericias de la Procuraduría manifiesta que un equipo de profesionales encabezado por un especialista en gestión ambiental ya están recabando información cualitativa para poder cuantificar el daño ocasionado.
“Haremos las coordinaciones necesarias, con los gobiernos locales y regionales, para poder medir el gasto que le ha ocasionado al Estado”, asevera.