El viernes 7 de octubre fue declarado día no laborable para los trabajadores del sector público con motivo del feriado nacional por el Combate de Angamos, celebrado este sábado 8 de octubre. ¿Sabes cuáles son los siguientes días no laborables en lo que resta del mes? Gestión te lo explica todo al respecto en este artículo.
El Decreto Supremo 033-2022-PCM indica que este viernes 7 de octubre las personas que descansen, deberán compensar esas horas. A este día se le sumará el feriado y, además, el domingo 9 de octubre que es un descanso habitual.
De esta manera, las personas que descansen pueden programar paseos, viajes o visitas familiares que ayudarán a reactivar el turismo y otros sectores económicos. Para que puedas programarte, conoce cuáles son los próximos días no laborables que harán un puente festivo.
¿CUÁLES SON LOS PRÓXIMOS DÍAS NO LABORABLES DESPUÉS DEL 7 DE OCTUBRE?
A continuación, estos son los próximos días no laborables para el sector público de este 2022:
- Lunes 31 de octubre: por el Día de todos los santos que es el 1 de noviembre.
- Viernes 09 de diciembre: Batalla de Ayacucho.
- Lunes 26 de diciembre: por Navidad.
- Viernes 30 de diciembre: por Año Nuevo.
¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE FERIADO Y DÍA NO LABORABLE?
Aunque en ambos días se puede descansar, toma nota sobre las diferencias:
Feriado
El feriado es un día festivo nacional en el que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes dejan de ir a sus clases. En el caso de que un empleado trabaje un feriado, recibirá una remuneración adicional, que normalmente es el triple, así sea domingo.
Día no laborable
El día no laborable es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. En el privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Si en caso un empleado trabaja con normalidad, esto no significa que recibirán un pago extra, ya que sólo recibirá el mismo sueldo sin incrementos. Para los que descansen deberán compensar esas horas con horas extras, trabajos los sábados o considerar como parte de las vacaciones.
¿PARA QUIÉNES NO APLICAN LOS DÍAS NO LABORABLES?
Las entidades y empresas privadas que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos; están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos de los días no laborables , y los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad, indica la norma.