El Poder Ejecutivo dispuso una serie de medidas focalizadas para enfrentar la pandemia por la COVID-19 en el Perú, las cuales regirán desde el lunes 4 hasta el 17 de octubre.
En esa línea, como todas las provincias del Perú fueron clasificadas en alerta sanitaria moderado entonces los aforos en Lima y en las demás regiones tendrán el mismo nivel de aforo.
De acuerdo con el Decreto Supremo 159-2021-PCM publicado hoy en el diario El Peruano, los aforos se dividen por espacios cerrados o al aire libre.
A continuación se pasa a detallar los aforos que regirán en el país en el nuevo periodo dispuesto por el gobierno:
Actividades en espacios cerrados:
- Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 50%
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60%
- Restaurantes y afines en zonas internas: 60%
- Casinos y tragamonedas: 50%
- Cines y artes escénicas: 50%
- Bancos y otras entidades financieras: 60%
- Templos y lugares de culto: 50%
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 60%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60%
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60%
- Eventos empresariales y profesionales: 60%
- Peluquería y Barberia: 60%
- Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 60%
- Coliseos (vacunados con 2 dosis):20%
- Gimnasios: 50%
Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias):
- Artes escénicas
- Enseñanza cultural
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
- Baños termales al aire libre.
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
- Eventos empresariales y profesionales al aire libre
- Mercados itinerantes
- Estadios deportivos (vacunados con 2 dosis): 20%