
La Corte Suprema volvió a rechazar el pedido fiscal para que se ordene la suspensión temporal de Patricia Benavides como fiscal suprema titular y fiscal de la Nación por 36 meses, en el marco de una investigación por los presuntos delitos de organización criminal y otros, cometidos durante su gestión en el Ministerio Público.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, a través de una resolución a la que tuvo acceso RPP, declaró infundado el recurso de apelación presentado por la Fiscalía de la Nación. Este recurso buscaba revocar una resolución anterior, emitida por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria el 10 de abril.
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La mencionada resolución concluyó que “carece de objeto” emitir un pronunciamiento “por sustracción de materia” al solicitar la suspensión porque, al momento del pedido, Benavides ya estaba suspendida por la Junta Nacional de Justicia y no ejercía funciones como fiscal suprema titular ni como fiscal de la Nación.
El tribunal supremo consideró infundada la apelación fiscal porque el pedido original era “manifiestamente improcedente”.
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Asimismo, precisaron que no se pueden imponer medidas restrictivas de derechos contra cualquier “alto dignatario protegido” por la vía de acusación constitucional.
La sala, presidida por el juez supremo César San Martín, precisó que Benavides cuenta con la prerrogativa de acusación constitucional. Esto se debe a que los presuntos delitos que se le imputan habrían sido cometidos en el ejercicio de sus funciones.
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Debido a este escenario, Benavides solo puede ser procesada penalmente si el Congreso lo autoriza. Esto está establecido en el artículo 99 de la Constitución peruana.
