A raíz del fuerte temporal de lluvias que azota diversas zonas del país, que han ocasionado huaycos e inundaciones, las personas, sobre todo, de Lima provincias y norte del país, no solo han perdido sus viviendas, sino que también han sido afectados económicamente. Lo mismo ocurre con las pequeñas y medianas empresas (mypes), que no han podido realizar sus respectivas ventas.
Ante esta situación, los congresistas Luis Alegría y Eduardo Castillo, de Fuerza Popular, presentaron un proyecto de ley con la finalidad de congelar las deudas de personas naturales y mypes afectadas por desastres naturales y conflictos sociales.
En la iniciativa se precisa que el objeto principal es establecer medidas extraordinarias de reprogramación de pagos de créditos de personas naturales y MYPES, así como segmentos de la población afectadas económicamente por las declaratorias del estado de emergencia nacional registrados a partir del 7 de diciembre del 2022.
“La reprogramación del crédito que establece la presente ley incluye las obligaciones crediticias con las Empresas del Sistema Financiero (ESF), las cuales pueden darse en la modalidad de reducción de tasa de interés, ampliación de plazos de pago, establecimiento de la reprogramación de una o varias cuotas en el cronograma de pagos o la combinación de ambas”, se lee en el texto.
La norma se aplica en los siguientes créditos: créditos de consumo, créditos personales, créditos hipotecarios para vivienda, créditos vehiculares y créditos MYPES.
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¿Cuánto es el plazo mínimo de la reprogramación de los créditos?
En el proyecto de ley se precisa que el plazo mínimo de la reprogramación del crédito hipotecario para vivienda es de 9 meses, mientras que en el caso del crédito de consumo y personal, vehicular y MYPE es de 6 meses.
“En el caso de las reprogramaciones de crédito de consumo, personal, hipoteca para vivienda, vehicular y MYPE, el plazo no puede exceder de 36 (treinta y seis) meses, incluido periodo de gracia”, añade la propuesta.
¿Cuáles son las condiciones para acogerse al beneficio?
De acuerdo a la norma, los deudores que deseen acogerse a los alcances de este beneficio deben cumplir las siguientes condiciones.
En lo que respecta a los créditos de consumo, el crédito total en el sistema financiero al 15 de marzo del 2023 debe ser no mayor a S/10,000. Se excluye a personas naturales con negocio que han accedido al Programa “Reactiva Perú”, FAE-MYPE, FAE- TURISMO y FAE-AGRO u otro programa similar con garantía del Gobierno que se cree con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley.
“El crédito total en el sistema financiero al 15 de marzo de 2023 no debe ser mayor a S/ 50,000 en todo el sistema financiero”, agrega el texto.
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En tanto, los créditos hipotecarios para vivienda en el sistema financiero al 15 de marzo del 2023 no debe ser mayor a S/ 200,000 solo para primera y única vivienda. Se excluyen los créditos del Programa MIVIVIENDA.
En los créditos MYPE, el crédito total en el sistema financiero al 15 de marzo de 2023 debe ser no mayor a S/ 20, 000. Se excluye a las MYPES que hayan accedido al Programa “Reactiva Perú”, FAE-MYPE, FAE-TURISMO y FAE-AGRO u otro programa similar con garantía del Gobierno.
Finalmente, se estipula que el crédito total en los créditos vehiculares en el sistema financiero al 15 de marzo del 2023 no debe ser mayor a S/ 50, 000 en todo el sistema financiero.
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¿Cuáles son las exclusiones?
En el proyecto de ley se estipula las personas naturales o jurídicas que no pueden acceder a este beneficio.
En este listado se incluyen a las personas naturales y jurídicas comprendidas en el ámbito de la Ley 30737, que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos, así como cualquier persona o ente jurídico sometida a procesos por delitos de corrupción y conexos o cuyos representantes, debidamente acreditados ante la Empresa del Sistema Financiero (ESF), estén siendo investigados por dichos delitos.
Se exceptúa los créditos de las personas o entes jurídicos que hayan cumplido con el pago total de la reparación civil que hubiera lugar y que estén habilitadas para contratar con el Estado.
En la nómina también figuran los altos funcionarios, como el presidente, congresistas, ministros, jueces, fiscales, así como gobernadores regionales, alcaldes, entre otros.
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