La norma de nombramiento automático aplica para los años fiscales 2023 y 2024 e incluye al personal asistencial CLAS en el Ministerio de Salud (Foto: Referencial/Andina)
La norma de nombramiento automático aplica para los años fiscales 2023 y 2024 e incluye al personal asistencial CLAS en el Ministerio de Salud (Foto: Referencial/Andina)

El oficializó la ley que autoriza el automático, gradual y progresivo de los trabajadores asistenciales de las comunidades locales de administración de salud (CLAS) en el , sus organismos públicos y los gobiernos regionales.

Se trata de la , publicada hoy, en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano

La norma aplica para los años fiscales 2023 y 2024 e incluye al personal asistencial CLAS en el , sus organismos públicos y los gobiernos regionales, que se encuentre prestando servicios bajo el régimen del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral.

LEA TAMBIÉN: Minsa anuncia aumento de sueldos para el personal de salud a nivel nacional
LEA TAMBIÉN: Aprueban entrega de bono excepcional para el personal de salud: ¿a cuánto asciende?

No ha sido incluido en los procesos de nombramiento regulado por la Ley 30957, Ley que autoriza el progresivo como mínimo del 20% de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153, tuvieron vínculo laboral y fueron identificados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley 30693.

¿Cuáles son los requisitos para el nombramiento automático?

Los requisitos para acceder al proceso de automático previsto por la presente ley son los siguientes:

  • Encontrarse laborando en una de las Comunidades Locales de Administración de Salud (CLAS) a la fecha de entrada en vigor de la presente ley.
  • Haber prestado servicios por un periodo no menor a dos años de manera continua o tres años de forma discontinua con un periodo máximo de seis meses de no renovación de contrato, bajo los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo 003-97-TR.
  • No encontrarse inhabilitado para trabajar en el Estado por motivo de destitución, despido o resolución judicial que así lo indique.
Disfruta tus descuentos del Club de Suscriptores cuantas veces quieras gracias a tu suscripción a Gestión. Más de 300 promociones esperan por ti, descúbrelas AQUÍ.  Y si aún no eres suscriptor, adquiere tu plan AQUÍ.