Los conductores que cuentan con la licencia de conducir electrónica no se les aplicará la falta G58 con la que se sanciona al usuario por no presentar su brevete ante el policía que lo interviene, informó la directora de Circulación Vial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), Mariangella Rossi.
Ello se debe a que el agente o fiscalizador puede corroborar a través de una aplicación si el conductor posee un brevete digital vigente con solo ingresar el número del DNI, señaló la funcionaria durante su participación en el I Congreso Descentralizado de Transporte y Seguridad Vial que se desarrolla en Iquitos.
No obstante, remarcó que el conductor deberá mostrar a la autoridad su Documento Nacional de Identidad (DNI) para que esta acceda al Portal Único del Conductor y verifique que el ciudadano cuenta con la autorización para estar al volante.
Por otro lado, Rossi precisó que los exámenes médicos, de conocimientos y de manejo son un requisito indispensable para obtener la autorización para conducir un vehículo.
En ese sentido, el MTC recordó que los conductores que iniciaron el proceso de nueva licencia, revalidación o recategorización pueden elegir un centro médico autorizado a través del siguiente enlace: https://rec.mtc.gob.pe/LicenciaConducir/ArCentroMedicoConfiguracion.
Asimismo, quienes se están preparando para rendir el examen de conocimientos pueden practicar de manera gratuita a través del simulacro que el MTC ha implementado mediante la web https://sierdgtt.mtc.gob.pe/.