Todas las personas domiciliadas o no en el Perú, que realicen actividades económicas por las que deben de pagar tributos, están obligadas a inscribirse en el RUC, según la Sunat  (Foto: Andina)
Todas las personas domiciliadas o no en el Perú, que realicen actividades económicas por las que deben de pagar tributos, están obligadas a inscribirse en el RUC, según la Sunat (Foto: Andina)

Si ya formas parte del es importante que sepas que tu número de RUC debe estar activo y habido no solo porque su uso es obligatorio en toda declaración o trámite que realices ante la , sino porque solo de esta forma podrás realizar tus actividades con normalidad.

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Como se sabe, el RUC –según lo define la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat)– es el padrón que contiene los datos de identificación de diversas actividades económicas, y el número de 11 dígitos que te asignan, además de ser único, contiene los datos de identificación de la actividad económica que realizas.

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¿CÓMO SÉ SI MI RUC ESTÁ ACTIVO?

Para saber si tu número de RUC está activo y habido, tienes que ingresar a la plataforma de la Sunat.

Para empezar con tu consulta debes completar cualquiera de los tres criterios de búsqueda que te solicitarán: número de RUC, número de documento de identidad (DNI, carné de extranjería, pasaporte o cédula diplomática de identidad) o nombre/razón social.

En la plataforma en línea e-Consulta RUC de la Sunat podrás saber el estado de tu número de RUC (Imagen: Sunat)
En la plataforma en línea e-Consulta RUC de la Sunat podrás saber el estado de tu número de RUC (Imagen: Sunat)
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Después que ingresar el dato solicitado, debes hacer clic en el botón azul “consultar”, que aparece en la parte inferior del formulario. Automáticamente se desplegará una ventana informativa con los resultados de la búsqueda: número de RUC, tipo de contribuyente, tipo de documento, nombre comercial, fecha de inscripción y fecha de inicio de actividades.

También aparecerá resaltado de un determinado color el estado (activo, suspensión temporal, baja provisional, baja definitiva, baja provisional de oficio o baja definitiva de oficio) y la condición del contribuyente (habido o no habido).

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Pero también se te detallará información acerca de tu domicilio fiscal, del sistema emisión de comprobante que utilizas, de la actividad económica que realizas, de los tipos de comprobantes de pago que emites y, entre otros datos, si eres emisor electrónico o no.

Adicionalmente tendrás la opción de acceder a tu información histórica (esta aparecerá actualizada hasta un día antes de la fecha en la que realizaste la búsqueda), por lo que podrás saber si tienes deudas coactivas y omisiones tributarias.

Finalmente, tendrás la opción de imprimir la información vinculada a tu búsqueda o también podrás enviarla a la dirección de correo electrónico que desees.

En e-Consulta RUC podrás conocer todos los datos vinculados a tu número de RUC, como el estado en el que se encuentra y tu condición como contribuyente (Imagen: Sunat)
En e-Consulta RUC podrás conocer todos los datos vinculados a tu número de RUC, como el estado en el que se encuentra y tu condición como contribuyente (Imagen: Sunat)

¿CUÁLES SON LOS ESTADOS DEL RUC?

Tal como señalan en la Sunat, existen seis tipos de estados de RUC. Estos son:

1. Activo

Significa que sí estás realizando actividades comerciales en la actualidad.

2. Suspensión temporal

Este estado significa que has comunicado la suspensión de tus actividades comerciales, y estas pueden estar suspendidas hasta 12 meses calendarios consecutivos. En este caso, como explican en la Sunat, podrás reiniciar tus actividades en cualquier momento –dentro de los 12 meses– con tu usuario y clave SOL. Pero, si transcurrido dicho plazo, no lo has hecho, podrás solicitar la baja definitiva de tu RUC.

3. Baja provisional

Significa que has solicitado la baja de inscripción de tu RUC y se encuentra en etapa de evaluación por parte de la Sunat.

4. Baja definitiva

Tu número de RUC estará bajo esta condición cuando la Sunat ya haya aprobado tu baja de inscripción en el RUC.

5. Baja provisional de oficio

Se hará efectiva cuando la Sunat presuma que “podrías” haber dejado de realizar actividades comerciales.

6. Baja definitiva de oficio

En este caso se hará efectiva cuando la entidad recaudadora considere que has dejado de realizar actividades comerciales.