La Comisión de Educación del Congreso, presidida por Esdras Medina (Renovación Popular), aprobó un predictamen que propone modificar la conformación del actual Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
Dicha votación se dio de la siguiente manera: 11 votos a favor y 6 en contra. El proyecto de ley busca incluir a cuatro miembros de las universidades (dos representantes de universidades públicas con rector y dos representantes de universidades privadas con rector).
Aprobación del salvavidas para universidades
Más temprano, la Comisión de Educación del Congreso también decidió aprobar el predictamen que propone dar una segunda oportunidad de 2 años de plazo a las universidades que no obtuvieron licenciamiento de la Sunedu.
Dicha votación se dio de la siguiente manera: 8 votos a favor, 7 en contra y 1 abstención. La parlamentaria fujimorista María Cordero Jon Tay pidió incluir su voto en contra; sin embargo, su pedido no fue tomado en cuenta.
¿Qué es el Consejo Directivo de Sunedu?
El Consejo Directivo es el órgano máximo y de mayor jerarquía de la Sunedu. Es responsable de aprobar las políticas institucionales y de dirección de la entidad.
Actualmente está conformado por:
- Dr. Oswaldo Zegarra Rojas - Superintendente
- Dr. Víctor Peña Rodríguez
- Dr. Waldo Mendoza Bellido
- Dr. Aurelio Ochoa Alencastre
- Dr. Luis Huicho Oriundo
- Dr. Jorge Ricardo Gonzales Castillo
- Dr. Benjamín Marticorena Castillo
Sus funciones son las siguientes:
- Proponer políticas de Estado y lineamientos técnicos en el ámbito de su competencia.
- Aprobar las políticas institucionales, planes, estrategias institucionales y las condiciones básicas de calidad; en concordancia con las políticas y lineamientos técnicos que apruebe el Ministerio de Educación.
- Aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitaria bajo su competencia.
- Aprobar los criterios técnicos para la convalidación y/o revalidación de estudios, grados y títulos obtenidos en otros países.
- Aprobar y proponer, cuando corresponda, los documentos de gestión.
- Velar por el cumplimiento de los objetivos y metas de la SUNEDU.
- Evaluar el desempeño y resultados de gestión de la SUNEDU.
- Aprobar el modelo de funcionamiento de los órganos desconcentrados de la SUNEDU.
- Aprobar el Reglamento Interno de funcionamiento del Consejo Directivo.
- Emitir resoluciones que constituyan precedentes de observancia obligatoria en los casos que interprete de modo expreso y con carácter general, el sentido de la normativa bajo su competencia.
Pronunciamiento de Sunedu
La Sunedu enfatizó en un comunicado que en ningún momento se le consideró en la discusión de estos proyectos (modificación del Consejo Directivo y “salvavidas” a universidades).
“En la discusión de estos proyectos no se ha tomado en cuenta las opiniones técnico-jurídicas de la Sunedu, que defiende la imparcialidad y autonomía que todo organismo técnico especializado debe mantener en su rol de garante de un servicio público esencial, como es la educación universitaria peruana”, señala el pronunciamiento.
La Sunedu añadió que los textos sustitutorios de los proyectos de ley que se plantearían, “adolecen de numerosos errores, omisiones y ambigüedades, que vulneran lo dispuesto por el Tribunal Constitucional en las dos sentencias que declararon la inconstitucionalidad del modelo previo a la reforma y la constitucionalidad de la Ley Universitaria”.
Advierten regreso de la ANR
Sobre el proyecto que busca modificar la conformación del Consejo Directivo de la Sunedu a fin de incluir a cuatro miembros de las universidades, la institución indicó que este plantea regresar a un modelo similar a la extinta Asamblea Nacional de Rectores (ANR), la cual “no garantizaba una supervisión imparcial de la calidad universitaria”.