La Municipalidad de Comas publicó la ordenanza que prohíbe la venta y el consumo de bebidas alcohólicas para todos los locales o establecimientos comerciales en la citada jurisdicción.
De acuerdo a la Ordenanza Municipal 680/MDC, publicada en el Boletín de Normas Legales del diario El Peruano, el impedimento de la venta y consumo de bebidas alcohólicas aplicará desde las 11:00 p.m.
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El dispositivo legal también detalla que los propietarios de establecimientos que cuenten con licencia de funcionamiento vigente emitida por la Municipalidad de Comas antes de la vigencia de la presente ordenanza, y que cuenten con un aforo de 50 o más personas podrán acceder a lo solicitado de ampliación de horario de funcionamiento, siempre y cuando, cumplan con los requisitos siguientes:
- Solicitud de ampliación de horario con carácter de declaración jurada.
- Instalar cámara de video vigilancia con su sistema de grabación.
- Almacenar la información captada por su sistema de video vigilancia por un plazo mínimo de 45 días calendario.
La ordenanza emitida por la comuna de Comas además precisa que los responsables de los establecimientos comerciales de venta o expendio y consumo de bebidas alcohólicas, incluyendo los que cuenten con una autorización de ampliación de horario de funcionamiento, deberán adecuarse en un plazo de 30 días calendario a lo establecido.
“De no dar cumplimiento a la presente disposición se procederá a la revocatoria o nulidad de oficio”, remarca.