El objetivo de esta disposición es unificar, modernizar y garantizar la gestión de la información clínica de los pacientes. Foto: Difusión.
El objetivo de esta disposición es unificar, modernizar y garantizar la gestión de la información clínica de los pacientes. Foto: Difusión.

El dispuso que todos los del primer nivel de atención, tanto a su cargo como de los gobiernos regionales, implementen y utilicen de manera obligatoria el Sistema de Información de Historias Clínicas Electrónicas (SIHCE).

La medida fue oficializada mediante la Resolución Ministerial N.º 553-2025/MINSA, publicada en el diario oficial El Peruano.

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De acuerdo con la norma, los deberán aplicar el sistema desde el día siguiente de su publicación. En el caso de los establecimientos dependientes de los gobiernos regionales, la implementación será progresiva, según su capacidad tecnológica instalada, pero tendrá carácter obligatorio en un plazo máximo de un año.

El objetivo de esta disposición es unificar, modernizar y garantizar la gestión de la información clínica de los pacientes, permitiendo un mejor acceso, seguridad y confidencialidad en los registros médicos. Asimismo, se busca fortalecer la rectoría del Minsa en materia de salud digital y asegurar la interoperabilidad con el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas (RENHICE).

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La resolución también autoriza que el SIHCE pueda ser adoptado por entidades públicas y privadas del sector salud, siempre que cuenten con la opinión técnica favorable de la Oficina General de Tecnologías de la Información y suscriban convenios interinstitucionales con el ministerio.

El encargó a su Oficina General de Tecnologías de la Información la difusión, supervisión y monitoreo de esta implementación, así como a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción la publicación de la resolución en la sede digital institucional.

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