El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) informó que los vehículos de carga pesada que no cumplan la medida de restricción del tránsito por la carretera Central durante el feriado largo por Fiestas Patrias serán sancionados con una multa.
Los conductores que incumplan esta restricción serán sancionados con una multa equivalente al 8% de una UIT, equivalente a S/ 396.
Además, serán multados con el 12% de la UIT, equivalente a S/ 594, aquellos conductores que hagan caso omiso a las indicaciones de los agentes de la Policía Nacional del Perú, quienes, en coordinación con la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), garantizarán el cumplimento de la restricción.
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La finalidad de la restricción es preservar la integridad de las personas y priorizar el desplazamiento de quienes decidan viajar hacia el centro del país durante el feriado largo por Fiestas Patrias, así lo manifestó la ministra Paola Lazarte.
En tanto, Ofelia Soriano, directora de Políticas y Normas en Transporte Vial del MTC, precisó que “solo serán impedidos de circular por la carretera Central los camiones de carga con un peso superior a las 3,5 toneladas”.
Soriano Ramos agregó que la gestión del tránsito en esta importante vía no solo permitirá una mayor fluidez y seguridad durante el feriado por Fiestas Patrias, que es cuando la Carretera Central experimenta un incremento sustancial en el flujo vehicular; sino también contribuirá con la reducción de los tiempos de viaje de las personas desde y hacia el centro del país.
El tramo de la restricción por la carretera Central es entre el kilómetro 23 (Chaclacayo, Lima) y el km 145 (Centro Poblado Pucará, Junín). La restricción se realizará el jueves 27 de julio, desde las 00:00 hasta las 8:00 horas; y el domingo 30 de julio, desde las 9 de la mañana hasta las 6 de la tarde, de acuerdo a lo establecido el pasado 24 de marzo.
Los vehículos de carga que se encuentren dentro de la vía en el horario de la restricción, deben proseguir su circulación hasta salir del tramo restringido en un lapso no mayor a cinco horas, no pudiendo reingresar en dicho periodo. Asimismo, queda prohibido el estacionamiento de estas unidades a los lados de la vía dentro del tramo restringido.
La restricción excluye a los vehículos de emergencia (unidades policiales, de bomberos, grúas, ambulancias, entre otros); vehículos que trasladen donaciones o ayuda humanitaria; y vehículos que transporten personal, maquinaria o equipos destinados a liberar o habilitar vías de comunicación.
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